El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que el domingo 16 de agosto “Día de la Restauración”, no se trabaja, en virtud de lo establecido en la Ley 139-97, en su artículo dos (02) que señala, el 16 de agosto cuando coincida con un período constitucional es feriado e inamovible.
La clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el lunes 17 de agosto.
La celebración de estas fechas de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.