¡Minuto a minuto! Esto fue lo que le hizo Tekashi a sus víctimas, según el MP

¡Minuto a minuto! Esto fue lo que le hizo Tekashi a sus víctimas, según el MP

Tekashi (Fuente externa)

El expediente de solicitud de medida de coerción del Ministerio Público contra el cantante Tekashi 6ix9ine, detalló todo lo ocurrido el pasado 13 de octubre donde se le acusa de haberle propinado una golpiza al productor musical Nelson Alfonso Hilario García.

Según el documento el pasado viernes, aproximadamente las 2:30 AM, el imputado Daniel Hernández, asociado con otras tres personas más (pendientes de identificación y actualmente prófugas), llegaron al estudio de grabación donde trabaja la víctima, ubicado en la calle Balilo Gómez de La Vega, específicamente en el segundo nivel del edificio llamado Plaza Magalys, que queda al frente de la plaza Michel y Dómino Pizza.

Una vez allí, ejercieron actos de tortura y de barbarie, actos de violencia e intimidación, amenaza de muerte, y le provocaron golpes y heridas de forma voluntaria a Nelson Alfonso Hilario García, consistentes en trauma facial, herida avulsiva supraorbitaria derecha saturada, trauma en hemicara derecha, herida avulsiva intraora! suturada y herida en la comisura labial izquierda.

El documento, de 98 páginas, explica que tanto que a la víctima Cristian Anthony Rojas Solis le provocaron trauma facial, herida avulsiva intraoral suturada y herida avulsiva intraoral suturada; todo lo anterior según consta en certificados médicos legales.

Los hechos ocurren mientras la víctima Hilario García se encontraba en su estudio de grabación, entonces llegaron los investigados, y el imputado Tekashi  le preguntó a  Cristian, quien se encontraba en el frente del establecimiento, que dónde estaba el estudio, indicándoles éste donde estaba.

Le pidieron a Cristian que los llevara, y todos subieron al segundo nivel. Tocaron el timbre, Nelson al ver de quien se trataba abrió la puerta y, enseguida, el artista le preguntó que dónde estaba su actual pareja Yailin La Más Viral, respondiéndole que hacía unos 20 minutos se había retirado el sitio, acto seguido, el imputado le dio una trompada.

El expediente cita que luego, 2  de las personas que andaban acompañando al imputado lo agarraron, mientras los demás lo golpeaban, y con una pistola le dieron un cachazo, ocasionándole las lesiones que se especificaron antes.

De la misma forma, también agredieron a la también víctima Cristian Rojas, quien es socio de la otra víctima, dejándolo con las lesiones que igualmente se establecieron más arriba.

Mientras los acompañantes del imputado Daniel Hernández (A) Tekashi les daban una golpiza a las víctimas, éste aprovechó y sacó su celular y comenzó a grabar la agresión, narrando «mira lo que le hice a tu gente».

Se trató de una videoconferencia que realizara a la víctima Chamil José Lázaro Capellán (A) Diamond La Mafia (que se requiere a prestar declaración), dueño del estudio de grabación, y persona a quien los imputados procuraban, puesto que era el sujeto de estas agresiones, en principio.

Después de cometer el hecho, según el acta, cuando los imputados iban saliendo, íes vociferaron a las víctimas que cuando volviera los iba a matar, y en el idioma inglés el artista les preguntaba compañeros que si los mataba y salía de ellos.

Estos hechos son originados cuando el rapero buscaba a su pareja sentimental Jorgina Lulú Guillermo Díaz, nombre real de Yailin,  a quien celaba con Chamil José Lázaro Capellán (A) Diamond La Mafia; por consiguiente, la fiscalía también investiga posible violencia de género e intrafamiliar.

El Ministerio Público determina que es evidente la concurrencia de actos de tortura y de barbarie por cuanto la golpiza fue empleada como medio intimidatorio contra la víctima Chamil José Lázaro Capellán (A) Diamond La Mafia.

Además de la participación directa del imputado en la golpiza, es quien hace la grabación mencionada anteriormente con el fin ya expuesto, además profiere las amenazas indicadas a las víctimas.

El órgano persecutor destaca que el trapero es quien ejerce dirección de la banda, dirección que se comprueba por el solo hecho de que los sujetos no identificados aún son guardaespaldas del mismo, y es quien lo lleva hasta este lugar con el designio de empelar la tortura y las violencias ejercidas para intimidar.

Luego del hecho, y a sabiendas de que el imputado era buscado por las autoridades, éste no se entrega, puesto que, todo lo contrario, pretende esconderse en un hotel ubicado en el municipio de Sánchez de la provincia Samaná, específicamente en el hotel Bahía de los Balcones, ubicado en el No. 1 de la calle Duarte esquina calle Uruguay de esa ciudad. Hasta allí llegó un equipo compuesto por miembros del Ministerio Público y la Policía Nacional, quienes, con orden judicial en manos, acorralaron al imputado hasta captúralo el día quince (15) de octubre de 2023, a eso de las 7:41 P.M.

Según el expediente, la única certeza que se tiene es su nombre artístico, puesto que, no ha aportado voluntariamente documentos que permitan su correcta individualización e identificación; y es por eso que, en virtud de lo que dispone el artículo 96 del Código Procesal Penal, tuvimos que acceder a los datos disponibles en fuentes abiertas del internet: ‘“Identificación. Desde el primer acto en que interviene el imputado es identificado por sus datos personales. Si se abstiene de proporcionar estos datos o lo hace falsamente, se le identifica por testigos u otros medios útiles, aún contra su voluntad, pero sin violentar sus derechos. La duda sobre los datos obtenidos no altera el curso del procedimiento y los errores pueden ser corregidos en cualquier oportunidad».

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