Modificarían proyecto matrimonios

Modificarían proyecto matrimonios

POR PEDRO GERMOSEN
La autenticidad del matrimonio que oficien las iglesias cristianas no católicas, deberá ser revisada por un oficial del Estado Civil, disponen varias enmiendas sometidas anoche a la pieza que cursa en el Senado, las cuales establecen prisión de cinco años y multas de dos salarios mínimos a las personas que certifiquen ilegalmente las uniones de parejas.

Las reformas al controvertido proyecto fueron sometidas por el senador de La Romana, Enrique Seijas, quien, al efecto, tomó en cuenta las recomendaciones a la pieza hechas por la Junta Central Electoral (JCE).

Una enmienda al artículo 8 del proyecto dispone que para su autenticidad, toda copia certificada o extracto de acta expedidos por los ministros de las iglesias cristianas no católicas, deberá ser revisada por el oficial del Estado Civil de la circunscripción correspondiente.

Agrega que el ministro que oficie el matrimonio civil religioso expedirá el correspondiente certificado de matrimonio a los contrayentes, así como una primera copia del acta original.

No obstante, añade, para su validez, las copias ulteriores o extractos de actas deberán estar firmadas, tanto por el ministro de la iglesia local como por el ministro encargado y custodio de los archivos.

Dispone que sin perjuicio de las previsiones que por vía reglamentaria pueda adoptar la JCE, el ministro oficiante llenará dos libros originales debidamente foliados y numerados, de los cuales conservará uno para el archivo de la iglesia o congregación local y otro para el archivo provincial.

Un párrafo III del artículo 8 establece que «el oficial del Estado Civil supervisará el cumplimiento de todas las formalidades legales por parte de los ministros autorizados a oficiar el matrimonio y por el correcto estado de los libros y archivos bajo su cargo.»

El artículo 12 dispone que para realizar el matrimonio, el ministro cancelará sellos de Rentas Internas por el valor de RD$100 y por la transcripción pagará al oficial del Estado Civil RD$300.

«Las falsedades cometidas por los ministros religiosos en el ejercicio de las atribuciones que les confieren la ley conllevan la inhabilitación para el ejercicio de las mismas sin perjuicio de las previsiones del Código Penal y de las reparaciones civiles a los perjudicados», expresa el artículo 13.

Las enmiendas del senador Seijas expresan que se castigará con cinco años de prisión a la persona que, sin ser autorizada, oficie o intente oficiar el matrimonio civil religioso.

«La persona que sin estar investida con la calidad legal expida cualquier documento, acta, extracto de acta o certificaciones relativas a un matrimonio civil religioso, será castigada con dos años de prisión y multa de dos salarios mínimos del sector público, sin perjuicio de las reparaciones de daños y perjuicios a particulares», agrega.

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