MP contrata empresa impondrá “brazalete” medida coerción

MP contrata empresa impondrá “brazalete” medida coerción

El Ministerio Público contrató a la compañía Monitoreos Dominicana para la implementación del uso de “localizadores o brazaletes electrónicos” como medida de coerción, la cual está contemplada en el artículo 226 del Código Procesal Penal, pero nunca ha sido puesta en práctica en el país.

Se trata de un dispositivo que se coloca en el tobillo del imputado, y que generalmente se aplica para delitos menores y, sobre todo eso, en los de violencia intrafamiliar, a los fines de hacer cumplir las órdenes de alejamiento.

La información la dio a conocer la procuradora adjunta y secretaria general del Ministerio Público, Maura Martínez, quien aclaró que la medida de coerción en ningún modo sustituirá la prisión preventiva ni el arresto domiciliario, sino que es una opción adicional a la que en lo adelante podrán recurrir tanto el Ministerio Público como los jueces, cuando lo consideren pertinente.

“Como establece la ley, a solicitud del Ministerio Público el juez analiza, evalúa y decide cuál medida de coerción amerita el tipo penal en proceso: si prisión preventiva, arresto domiciliario o la colocación del localizador electrónico”, dijo Martínez.
Prevenidos asumirán costo. Informó que la imposición del “brazalete electrónico” como medida de coerción le costará al imputado unos US$400 mensuales (unos RD$18,3000 a la tasa actual) que deberá pagar a la compañía contratada por el Ministerio Público.

Indicó que en los países donde se ha establecido este tipo de medida de coerción el monto a pagar por el imputado es menor, porque el Estado cubre una parte del costo; “pero aquí, como la procuraduría no dispone de fondos, al menos por el momento, y será la compañía la que va a acarrear con esos gastos, estaríamos hablando de que el imputado tendría que pagar US$400 y pico mensuales”.

Ventajas de localizadores. Martínez dijo que una de las ventajas de este sistema es que si en un momento determinado una persona acusada de violencia intrafamiliar viola los límites que le ha puesto la justicia para acercarse a su víctima, el localizador emite una alerta que permite identificarlo, y el juez entonces puede hacer una mejor valoración y optar por variarle la medida por una más aguda o mayor.

Refirió que hasta ahora esa medida de coerción no estaba a disposición de los jueces ni del Ministerio Público porque no se habían creado las estructuras, pero ya se contrató una primera compañía y se estudian las solicitudes de otras dos.

“La idea es que la compañía contratada y las que se incorporarían después, funcionen como las compañías de seguro, guardando las diferencias; o sea, cada compañía que solicita es ponderada por el Consejo Superior del Ministerio Público, y si cumple con los requisitos establecidos, se les da el permiso para operar el sistema”, agregó Martínez.

Resaltó que todo ha sido dispuesto por el procurador general Francisco Domínguez Brito, “con el objetivo de poner en manos de lo que es la administración de justicia, herramientas para poder facilitar los proceso, y sobre todo, para garantizar que el imputado no se sustraiga del proceso”.

Artículo 226 CPP. Numeral 7 dispone “la colocación de localizadores electrónicos sin que medie violencia o lesión a la dignidad o la integridad física del imputado”.

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