Muchos jefes y demasiadas reglas

Muchos jefes y demasiadas reglas

En la República Dominicana el poder de establecer reglas es un poder disperso. No sólo vivimos reglados por las leyes del Congreso Nacional, y en el caso necesario por los consecuentes reglamentos del Poder Ejecutivo, emitido por el Presidente de la República, sino que cualquier Ministro a través de las llamadas resoluciones puede atribuirse funciones reguladoras y legislar sobre los temas que puede definir, sin ley alguna, como del ámbito de sus funciones.  La dispersión de esta facultad reguladora ha derivado en una proliferación de normas y resoluciones que parece que para el ciudadano la regla fáctica fundamental es que sólo le está permitido hacer aquello que las resoluciones le permitan, y no lo contrario.

Las ideas dominantes del liberalismo económico asignan la función de  regulador como la única del Estado. Pero la regulación, con más frecuencia de la necesaria, no se hace a través de las llamadas leyes adjetivas, votadas por el Congreso Nacional y promulgadas por el Presidente de la República, o por los decretos emitidos por este último en los asuntos que le competen, sino que cualquier funcionario puede disponer reglas sobre cualquier tema que él, en un soliloquio faraónico, ha logrado establecer en el marco de sus funciones. 

En la ampliación fáctica del campo de acción de los funcionarios y en la proliferación de normas juega un papel fundamental la reinvención de los conceptos. De esta forma se pudieron redefinir las máquinas tragamonedas como máquinas de diversión. De tal modo, que un Ministro de la cartera relacionada con la colocación de máquinas de diversión en lugares públicos terminó autorizando colocar máquinas tragamonedas en cada colmado de la ciudad, al redefinirlas como máquinas de diversión para así eludir cualquier escollo legal que sacara las máquinas tragamonedas del marco de las atribuciones que él se había asignado.

Igual que el Ministro de las máquinas de diversiones, un administrador de los juegos nacionales de apuestas o azar autorizó la entrada al país de máquinas tragamonedas, porque él era jefe de facto en materia de todos los juegos de azar que competían con la Lotería Nacional. Pero un Ministro de Deportes, por la denominación de su cartera, terminó autorizando y regulando el establecimiento de las denominadas bancas deportivas de apuestas, porque eso estaba relacionado con los deportes.

De acuerdo con las reglas del derecho administrativo cualquier sujeto de la administración pública que actúe como agente de los ciudadanos, o mejor dicho como empleado a su servicio, debe hacerlo de acuerdo con el principio de legalidad. La regla general es que los agentes que actúan como funcionarios de la administración pública nada les está permitido si no encuentra en la ley.

Un funcionario de la administración pública no tiene atribuciones para regular, sino para aplicar las regulaciones ya establecidas en la ley. El funcionario de la administración pública se presume incompetente y debe demostrar con la ley su competencia, con respecto a un área determinada de la administración. Por lo tanto puede considerarse una falsedad reiterada que los funcionarios de la administración pública digan que tienen facultades regulatorias en las áreas que la ley o éstos colocan en el marco de sus atribuciones.

Nadie, de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, puede considerarse con atribuciones fuera de las que le otorgan las leyes, y mucho menos pueden hacerlo personas que carecen de la legitimidad de ser elegidos por los votos de los ciudadanos. Los funcionarios públicos (no elegidos) de la administración pública en ninguna forma son representantes de los ciudadanos, sino que son agentes contratados para prestarle un servicio público a los mismos, y los límites y alcance de este servicio se definen en las leyes.

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