Agravantes en caso de muerte por un accidente de tránsito, explicado por un experto

Agravantes en caso de muerte por un accidente de tránsito, explicado por un experto

¿Qué dice la ley Ley 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana?

El artículo 303, numeral 5, de la Ley 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, precisa que en el caso de que un conductor tenga un accidente que provoque lesiones o muerte, y que sea hallado penalmente responsable será «sancionados de la manera siguiente: un daño físico causante de una lesión permanente la sanción será de tres meses a un
año de prisión y multa por un monto de cinco a diez salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado».

Sin embargo, existen agravantes que pudieran cambiar el curso de la pena, basado en la misma normativa. Sobre el caso de la venezolana Shakie Valentina Mujica Zapata, imputada por la muerte involuntaria de Julio César de la Rosa Peralta, durante un accidente de tránsito registrado el pasado 15 de junio de 2024, en la autopista 30 de Mayo, el órgano acusador asegura que la dama abandonó al joven luego que lo chocó con su vehículo.

¿Cuáles serían los agravantes de un caso de muerte por atropellamiento en un accidente de tránsito?

Consultado por el periódico Hoy, el abogado penalista, Bunel Ramírez, explicó que para entender cuál sería el elemento que pudiera (o no) aumentar la responsabilidad penal a un conductor señalado como quien le quitó la vida a otra persona producto de un accidente de tránsito, dependerá de las circunstancias del hecho.

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Bunel Ramírez, penalista.

«Hay que ver si la persona estaba, por ejemplo, bajo los efectos de drogas, alcohol, si se fue en rojo; si va a un exceso de velocidad, o de alguna otra manera de conducir que sea inminente que va a tener un accidente. Y, por supuesto, la principal agravante es que usted abandone la víctima. Tanto en esa ley como en la 241, esa era una de las principales agravantes para suponer que no es un accidente per se», explicó.

«Abandona la víctima y oculta la yipeta. Entonces, todo ese comportamiento le quita la principal característica de un accidente, que es la falta de intención. Hay personas que no quieren enfrentar (las consecuencias del accidente). Ahora, ¿por qué no quiere enfrentarlas? ¿Tenía licencia? ¿Tenía licencia? ¿Andaba en algún delito en el vehículo, etcétera?», cuestionó el experto.

En ese sentido, Ramírez consideró que, en base a que existe una persona fallecida, el Ministerio Público recurrirá a la petición de prisión preventiva. En el caso de que «esté todo al día», una persona no tiene licencia para los agravantes, indicó el penalista.

De acuerdo a la instancia depositada por el Ministerio Público, representado por las fiscales adscritas a la Fiscalía de la Casa del Conductor: Minerva Batista y Carmen Espinal Geo, la imputada venezolana es acusada de muerte involuntaria, durante conducción temeraria o descuidada, haciendo uso de licencia de conducir extranjera. Además de evadir la responsabilidad del conductor frente a un accidente.

Dichos delitos son tipificados y sancionados en los artículos 303 (numeral 5), 220, 207, 208 y 306 de la Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. En ese sentido, el órgano acusador pidió presión preventiva contra la joven.

Este ueves 20 de junio, a las 9:00 de la mañana, el Sexto Juzgado de Paz de la Casa del Conductor decidirá sobre la presente solicitud.