El poder legislativo de República Dominicana es elegido de manera directa por los electores que de forma libérrima ejercen su derecho al sufragio universal, escogiendo así a los diputados y senadores que conforman nuestras cámaras parlamentarias. De igual manera el presidente de la República así como vicepresidencia son elegidos a través del voto popular de manera directa, por lo cual no media ningún órgano para la designación de los mismos, más que el pueblo que democráticamente acude a elegirlos.
Este mismo mecanismo de elección no se utiliza para designar a los miembros del hasta ahora denominado “poder judicial”, sino que estos son designados a través del Consejo Nacional de la Magistratura que a su vez queda integrado por los actores políticos que gravitan en el sistema sin que su decisión represente necesariamente la voluntad del soberano pueblo con relación al tipo de justicia que desean los ciudadanos.
Para poder hablar de un verdadero poder del Estado al momento de referirnos a la justicia dominicana sería necesario comenzar aplicando el mismo mecanismo de selección que se aplica para la escogencia de los miembros que dirigen los otros dos poderes, o sea, que los dominicanos voten directamente por los miembros la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal Superior Electoral, del Tribunal Constitucional y hasta por el Procurador General de la República.
Otorgándole al pueblo de manera directa esta prerrogativa, estaríamos logrando varios objetivos, a decir, sería el soberano quien de manera libérrima formaría los cuerpos estatales encargados de aplicar justicia y no el sistema político partidario como hasta ahora se hace. Del mismo modo se le daría libertad e independencia total a los nuevos jueces y al procurador general de la República para accionar sin temor a represalias por parte de a quienes hoy les deben sus posiciones.