Niegan libertad al diputado Ramos

Niegan libertad al diputado Ramos

POR TANIA HIDALGO
El juez para la ejecución de las penas del Distrito judicial de San Cristóbal, Francisco Mejía Angomás, rechazó otorgar la libertad condicional al diputado Radhamés Ramos García, acusado del tráfico de personas por la frontera porque no se pudo demostrar que el imputado ha cumplido la mitad de la pena impuesta por la Suprema Corte de Justicia, la cual es de un año y seis meses.

«En tal virtud rechazamos el pedimento, por improcedente, mal fundado y carente de base legal», indica la resolución número 125-2005.

El juez ordenó que el recluso permanezca guardando prisión en las mismas condiciones que se encontraba al momento de incoar la solicitud de libertad condicional y en el mismo centro penitenciario.

«Ramos García no reúne los requisitos que establecen las normas vigentes en esta materia, aunque la documentación enviada por la autoridad del establecimiento penitenciario en donde se encuentra recluido dicho solicitante y el reporte psiquiátrico, a favor del mismo, son creíbles y aceptadas», indica el fallo.

Asimismo, señala que el Ministerio Público, en sus motivaciones, sólo se limitó a decir que el solicitante no estaba apto para ser reintegrado a la sociedad, «algo subjetivo, sin aportar ningún elemento o medio de prueba que pudiera sustentar este pedimento y en base al mismo producir un fallo».  

De su lado, Ramos García dijo entender que su caso es político y que, por ende, cumplirá de manera paciente los 18 meses que le fueron impuestos.

«Esto es político en un cien por ciento y yo estoy preparado para cumplir con mi pena», indicó.

En tanto, el procurador de la Corte de Apelación de San Cristóbal, Jesús Fernández Vélez, dijo que Ramos García incurrió en un hecho bochornoso que “llenó de vergüenza al país, por lo que debe permanecer en prisión».

El ex diplomático tendrá que esperar tres meses más para solicitar nuevamente la libertad condicional, en virtud del nuevo Código Procesal Penal.

En uno de los considerando, el juez indica que Ramos García, en sus declaraciones, manifestó que fue recluido por primera vez en la cárcel pública de Dajabón por un período de dos meses y 13 días, el 14 de julio del 2002 y que luego fue recluido nuevamente en la cárcel pública de La Vega por un período de 15 días, «lo que en este proceso no se ha podido demostrar».

Sin embargo, fue ingresado en la cárcel de Najayo el 17 de enero hasta el dos de febrero del 2005, por un período de 17 días y luego ingresó el dos de marzo hasta la fecha, de lo cual si existe constancia.

Sumando estos dos últimos ingresos a la cárcel de Najayo para el cómputo de la pena es de siete meses y 16 días, resultando materialmente imposible para el tribunal determinar y establecer los demás períodos que dice haber estado en prisión.

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