El control para la correcta administración de múltiples entidades del Estado ha sido insatisfactorio durante bastante tiempo. Solo el incumplimiento de normas contables para la transparencia en numerosos ayuntamientos es suficiente para atribuirles la condición de chivos sin ley, como da a entender la Cámara de Cuentas que hace su parte de auditar los gastos e inversiones de cabildos pero se inhibe al no ir más allá de la auscultación de libros, aún cuando sus facultades legales le permiten incriminar directamente ante la justicia a los alcaldes de mal proceder. La negligencia o falta de pulcritud son motivos suficientes para que las autoridades municipales deban responder ante tribunales. Consideraciones políticas o de otro género no deberían motivar omisiones frente a indicios de peculado.
El balance con que concluye la gestión del Departamento de Prevención de la Corrupción Administrativa es como para reir y llorar al mismo tiempo. Su director se ha quejado del papel de la justicia para poder jugar su papel; pero lo que más consta es la falta de acción del organismo en sustentar efectivos expedientes sobre presuntas desviaciones de fondos, dispendios con signos de dolo, sobrevaluaciones y sistemáticas violaciones a normas administrativas y a la obligación aplicable a determinados funcionarios de rendir cuentas periódicas y formular declaraciones juradas de bienes respaldadas por la realidad.
Peaje con borrón y cuenta nueva
La pasada administración del Estado objetó por años las obligaciones que heredó mediante contrato con una compañía que construyó y daba mantenimiento a la Autovía del Este, lo que le incluyó el desatinado y lesivo usufructo de una mina de oro llamada peaje a cambio de la inversión. Las autoridades salientes entendían que aquello fue un negocio de capa perro pues consistía en pagar mucho a cambio de poco.
Posteriormente el Estado dominicano fue vencido en un arbitraje internacional y ahora la indemnización ineludible a pagar a quienes por buen tiempo succionaron al erario en virtud de una concesión generosa es de 40 millones de dólares. Lo dañino del compromiso contractual se duplicará y los platos rotos los pagará el contribuyente. Y por ningún lado se ve interés en establecer responsabilidades, ya a posteriori, por los desaciertos que llevaron a estos lesivos resultados.