Nueva ley de Tránsito Terrestre incluye programa educativo

Nueva ley de Tránsito Terrestre incluye programa educativo

La nueva Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana contempla la aplicación de un programa de enseñanza de la normativa que deberá ser incluido en el currículo de educación de los niveles educativos inicial, básica y media.

Será desarrollado por la Escuela Nacional de Educación Vial (Enevial), en coordinación con el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), organismo rector, nacional y sectorial, descentralizado del Estado, con personería jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, encargado de cumplir y hacer cumplir esta ley y sus reglamentos.
Reglamentos. La legislación contempla una serie de reglamentos que normarán su funcionamiento, para los cuales se establecieron plazos específicos.
El artículo 336 establece que el Intrant, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública, elaborará y someterá al Poder Ejecutivo, en un plazo de seis meses, los reglamentos que establecen las estructuras orgánicas y funcionales. De igual manera, indica que el reglamento para el funcionamiento de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) será elaborado por el Ministerio de Interior y Policía en coordinación con el Intrant.
Mientras que habrá otro reglamento para el procedimiento administrativo de imposición de sanciones, que deberá estar listo en un plazo no mayor de ocho meses, luego de promulgada la ley.

Impuesto adicional. Señala además en su artículo 338 que el Poder Ejecutivo dictará dentro de un plazo de seis meses, el reglamento para la aplicación del impuesto adicional al consumo de combustibles fósiles y derivados del petróleo, a ser utilizados en el Plan Nacional de Renovación de la Flota del Transporte.
Atribuciones. El Intrant y los ayuntamientos serán competentes para conocer de las infracciones a las disposiciones que regulan el transporte terrestre y la aplicación de las sanciones administrativas. Sus decisiones podrán ser impugnadas a través de recursos administrativos, los cuales podrán ser presentados dentro de los diez días de la notificación del acto objeto de impugnación.

Jerarquía normativa. En materia de movilidad, transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, se establece que los reglamentos, resoluciones y órdenes emitidas por el Intrant serán las normas comunes del sector, sin perjuicio de las disposiciones de los ayuntamientos que tendrán rango y aplicación únicamente en sus atribuciones.
Toda ordenanza municipal que contradiga total o parcialmente las disposiciones de esta ley y sus reglamentos, o con las disposiciones del Intrant relativas al uso de la vía pública, se considerarán nulas y sin efecto legal alguno.
El Intrant llevará, gestionará y administrará los registros sobre licencias de conducir que actualmente administra la Dirección General de Tránsito Terrestre del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, indica la normativa.

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