Nuevas juntas electorales

<p>Nuevas juntas electorales</p>

  LUIS FELIPE ROSA H.
La Junta Central Electoral ha dispuesto reestructurar a las juntas electorales correspondientes al Distrito Nacional y de los municipios a partir del 15 de febrero del presente año.

No obstante, aún no se conoce el reglamento que debe regir ese proceso, como se ha hecho en todas las reestructuraciones anteriores. Convendría que ese reglamento se dictara tomando de modelo el anterior, puesto que las disposiciones contenidas en la ley 275/97, a partir de su artículo 17, son parcos en cuanto al procedimiento para acometer esa agotadora tarea.

Como se sabe, las juntas electorales de cada jurisdicción (el Distrito Nacional y cada municipio) son órganos permanentes, encargados de los procesos electorales en sus respectivas demarcaciones geográficas.

Los partidos políticos y la sociedad civil están en la obligación de darle seguimiento a ese programa de reorganización de las juntas electorales, dado el papel relevante de las mismas en la organización de los procesos electorales, a fin de evitar que personas no calificadas vayan a conformarlas, colocando en peligro la diafanidad de los próximos procesos comiciales, en particular de las elecciones presidenciales del próximo año 2008.

La ley manda a que se escojan personas intachables y sin filiación política, como la opción preferencial y como alternativa establece que por lo menos no sean militantes activos ni con vínculos en los candidatos. En caso de dificultad para encontrar apartidistas se deja abierta la solución del equilibrio, para que sean seleccionados el presidente y el secretario, de partidos diferentes.

Lo que no se puede permitir es que los miembros de la Junta del Distrito Nacional y la de los municipios, sean afiliados o allegados de un solo partido, en este caso del partido en el poder, que es el que predomina en la Junta Central Electoral.

En cada municipio y en el Distrito Nacional se debe convocar y consultar a la sociedad civil y a los partidos reconocidos tal como se han hecho en el pasado, puesto que generalmente los directivos de las asociaciones, clubes, juntas, sindicatos y gremios profesionales, están integrados por personas de solvencia y participación cívica reconocidas en sus respectivas comunidades.

Para cada municipio la JCE designa a uno o más inspectores, para que después de amplias consultas, formulen las recomendaciones en torno a los potenciales integrantes de las juntas municipales.

Puesto que muchos de los inspectores recientemente nombrados, son reconocidos militantes del PLD, ellos no son lo más llamados a manejar las reestructuraciones.

La actual Junta Central Electoral, que será la llamada a nombrar las demás juntas, conforme a las recomendaciones y los informes de los inspectores designados, debe cuidarse de no actuar con ligereza, prestando atención a la calidad e independencia de los inspectores que va a utilizar para dirigir ese proceso y las opiniones de los partidos políticos a través de sus respectivos delegados.

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