Nuevo Código Penal es una revolución
legal y cultural

Nuevo Código Penal es una revolución <BR>legal y cultural

POR GERMAN MARTE
El nuevo Código Procesal Penal es una «revolución»,  que implica una transformación no sólo legal, sino organizacional y cultural, cuya entrada en vigencia  -sin embargo- debe ser vista como punto de partida de un proceso y no como una meta en sí, considera Ramón Núñez, uno de los propulsores de la reforma y  asesor de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS).

Empero, el abogado indicó  que las leyes no cambian la realidad,  sino que son un referente.

Núñez hizo estos señalamientos al participar como invitado en el Almuerzo Semanal de los Medios de Comunicación del Grupo Corripio. Núñez asistió junto a Fabiola Medina, presidenta  de Finjus; Alejandro Moscoso, del Comisionado de Apoyo a la Modernización de la Justicia, y el ex juez Juan Miguel Castillo Pantaleón. En el encuentro participaron los directores y demás ejecutivos de los periódicos del Grupo Corripio.

Núñez insistió en que el lunes  27 de septiembre, fecha en que entró en vigencia el código, nunca fue visto como la meta por quienes promovían la reforma, sino como punto de partida, a partir del cual se desata un proceso de transformación en lo organizativo y lo cultural, «y eso es un proceso lento».

El asesor de Finjus dijo que con el nuevo código se corrigen fallas en la norma, pero advirtió que la ciudadanía debe mantener la presión  hacia la justicia, la policía y los abogados que hacen culto al trámite, para que la Justicia funcione, «la presión hay que mantenerla, porque esta es la hora de la transformación organizacional».

El que crea que la ley va a transformar la realidad, cae, según  Núñez, en lo que algunos llaman «fetichismo normativista» que lleva a algunos a pensar que porque ponga una ley buena va a cambiar la realidad, «eso sería una visión muy ingenua, y nunca estado detrás de quienes han propiciado este código».  Precisó que ahora viene la etapa de la organización de los tribunales.

Núñez destacó que la entrada en vigencia del nuevo código pone de manifiesto algo que todo el mundo sabe, «que la justicia no funciona bien», que a la  ciudadanía no le basta que los jueces sean inamovibles, y que tengan buen salario, pues lo que la gente quiere es que la justicia funcione.

Otra de las ventajas que en su opinión tiene el nuevo código es que antes, el  mismo que hacía la investigación, juzgaba, «el juez de instrucción hacía la investigación y después él mismos juzgaba los méritos de su investigación».

Dijo que el código adolecía de grandes fallas, pero advirtió que también hay fallas en los operadores de la ley, abogados, jueces y policías,  «y lo que se ha cambiado son los problemas en la ley».

De acuerdo con Núñez, ya no será posible que una persona sea mantenida por tiempo indefinido en prisión, sin ser llevado a juicio, pues en el nuevo sistema hay control de duración del proceso.

Los problemas de impunidad, ineficiencia, lentitud e incapacidad estaban ya revelados antes de que entrara en vigencia el nuevo código, dijo.

MAS QUE UNA REVOLUCION

De su lado,  el Comisionado de Apoyo a  la Reforma  y Modernización de la  Justicia, Alejandro Moscoso, considera que el Código Procesal Penal es «más que una revolución», pues con su puesta en vigencia se deja atrás cerca de 200 años de una normativa que no se adecuaba a los cambios suscitados en la justicia y la sociedad dominicana.

Se abandona un sistema «inquisitivo» y  se pasa a un nuevos sistema donde se ofrecen más garantías al procesado y donde se importantiza  a la víctima, manifestó.

Un sistema donde un funcionario como el juez de instrucción  quien llevaba a cabo la investigación y al mismo tiempo determinaba si la investigación la había hecho bien o mal, añadió Núñez.

«Vamos a tener ahora al juez de la instrucción, que tendrá como función esencial garantizar que los procesos que se llevan a cabo en la fase preliminar – Ministerio Público y Policía Nacional- se hacen cumpliendo el nuevo código».

Indicó que a partir de ahora ningún organismo de seguridad del Estado tiene competencia para detener a nadie, excepto en caso de delito flagrante o que lo autorice un juez.

Moscoso apuntó que el nuevo Código no es un «invento» de la República Dominicana, sino que forma parte de un movimiento reformador en América Latina que data de 1946, y que se comenzó a aplicar en Sudamérica en Argentina, Chile, y en Costa Rica.

Entretanto, Fabiola Medina, presidenta de Finjus, considera que si bien todo no va a cambiar a partir del nuevo código, lo mejor es haber comenzado por la norma.

Sostuvo que el mundo debe irse globalizando en todos los órdenes, no sólo en lo económico.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas