Nuevo Código Procesal Penal beneficia a la sociedad

Nuevo Código Procesal Penal beneficia a la sociedad

POR TANIA HIDALGO
Cinco jueces del Distrito Nacional, entre ellos uno de la Corte de Apelación Penal, plantearon ayer que la aplicación del nuevo Código Procesal Penal beneficiará a la sociedad en sentido general, porque permitirá una mayor celeridad de los procesos y una disminución en el número de presos preventivos.  

El juez de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Pedro Antonio Sánchez Rivera; la jueza coordinador de los Juzgados de Instrucción, Doris  Josefina Pujols; la jueza del Primer Juzgado de Instrucción, Rosalba Garib, así como los magistrados de la Segunda y Tercera Sala Penal del Distrito Nacional, Luis Omar Jiménez Rosa y Antonio Sánchez Mejía, respectivamente, afirmaron que con esa reforma se «hablará de la eliminación de procesos que duraban una eternidad, precisamente porque no teníamos una herramienta que pudiera garantizar el aceleramiento de esos procesos».

Al participar en el Diálogo Jurídico de HOY, los magistrados dijeron que la sociedad quiere obtener un resultado de cada proceso y no que éstos periman en los tribunales.

«Cuántos casos no hay que se pierden en el tramite judicial», intervino el magistrado Pedro Antonio Sánchez.

Dijo que con la puesta en vigencia del nuevo Código las personas que se presume han incurrido en un hecho delictivo dejarán de permanecer durante años preso, a menos que se produzca una sentencia definitiva.

Sostuvo que cada vez que un preso preventivo es descargado después de durar años tras las rejas es un fracaso para el sistema.

«El sistema no indemniza los cinco años que ese señor indebidamente estuvo preso por falta de un debido proceso, entonces lo que pretende el Código es que eso no pase», precisó.

En tanto, la magistrada Pujols calificó como un éxito las medidas anticipadas puestas en vigencia en noviembre pasado, dado que todo acusado acude ahora con su abogado.

No obstante, precisó que en caso de que un acusado se presente a esa jurisdicción sin abogado se le asigna un defensor y cuando el caso llega a instrucción «es un tiempo que se tiene ganado».

«Nada le da más seguridad a un procesado que tener su abogado presente al momento de su interrogatorio», dijo Sánchez Mejía.

Los magistrados sostuvieron que las medidas anticipadas puestas en vigencia en noviembre pasado por la Suprema Corte de Justicia buscan ir transparentando todo el sistema para encaminarlo a ese nuevo proceso.

«La sociedad debe tener claro que en ese instrumento está garantizada una justicia rápida, igualitaria y asequible», precisó. 

Los jueces se refirieron al papel que jugarán en los procesos los representantes del ministerio público.

Explicaron que su decisión será emitida en base a los datos y documentaciones que éstos presenten, luego de realizar una investigación.  

 JUEZ DE INSTRUCCIÓN

Dentro de las funciones del juez de instrucción, de acuerdo al nuevo código, están autorizar las interceptaciones telefónicas para la captación y grabación de las comunicaciones, mensajes, datos e imágenes transmitidos a través de redes públicas o privadas, explicó Pujols.

De igual manera, ordenar la suspensión condicional del procedimiento a requerimiento del ministerio público cuando el imputado ha declarado su conformidad con la suspensión, ha admitido los hechos o ha reparado los daños causados.

Convocar audiencia en un plazo de cinco días para conocer las medidas sobre archivos de casos por parte del ministerio público y fijar audiencia a un plazo no mayor de tres días hábiles  para conocer las solicitudes sobre medidas de coerción.

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