Nuevo Código reivindica derechos de ciudadanos

Nuevo Código reivindica derechos de ciudadanos

POR DIEGO PESQUEIRA
Con la vigencia del nuevo Código Procesal Penal el país dejó de transitar un camino contrario a la Constitución y violatorio a los acuerdos internacionales, y ahora los ciudadanos verán reivindicados sus derechos, afirmó ayer el presidente de la Suprema Corte de Justicia.

El doctor Jorge Subero Isa, dijo, además, que la reforma procesal «no solo se ajusta a la Constitución, sino que armoniza y adecúa el proceso a los convenios internacional, que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico interno, en virtud de la propia Constitución».

El nuevo Código, además de reivindicar los derechos constitucionales de los ciudadanos, inserta al país dentro de las corrientes jurídicas que priman en todos aquellos países donde predomina un sistema democrático respetuoso de los derechos humanos.

«Su implementación garantiza que todo acusado tenga derecho a un juicio oral y contradictorio, con una defensa adecuada, y ante jueces y funcionarios judiciales imparciales ejerciendo cada uno su rol de manera independiente», afirmó.

No obstante, Subero Isa, admitió que la aplicación del nuevo Código implica profundos cambios que hasta ahora se han venido realizando en materia procesal penal.

«Implica no sólo el destierro de viejas y arraigadas prácticas, dijo, sino también la necesidad de un cambio de mentalidad, de cultura en los actores judiciales, cosa sin lugar a dudas posible pero que no se logra de manera espontánea, al menos con la celeridad que la sociedad demanda y se merece».

Al pronunciar un discurso en la ceremonia en que se formalizó la vigencia de la reforma procesal, sostuvo que no pretendía decir que el cambio representaría la panacea o la cura definitiva al problema de la mora judicial.

«Sin embargo creo firmemente que la aplicación del mismo constituye un fuerte punto de apoyo para avanzar en la búsqueda de una definitiva solución a ese pecado capital del sistema dominicano de administración de justicia», dijo.

Entiende que el cambio principal que introduce el nuevo Código es la migración de un modelo mixto o inquisitivo reformado, como lo llaman algunos, a un modelo procesal acusatorio.

«Este cambio, a grandes rasgos, no hace más que constitucionar lo penal, es decir asegurar que los procesos penales en todo momento estén en consonancia con la Constitución, garantizando a los acusados todos los derechos y garantías establecidos en la Constitución,» explicó.

Subero Isa aseguró que era importante destacar que el artículo 56 del Código Procesal Penal atribuye competencia a los tribunales nacionales, independientemente del lugar de la comisión, para juzgar los casos que constituyan genocidio, crímenes de guerra o contra la humanidad, siempre que el imputado resida, aún temporalmente, en el país o los hechos se hayan cometido en perjuicio de nacionales.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas