Observación electoral y ejercicio ciudadano

Observación electoral y ejercicio ciudadano

Los procesos electorales son un componente necesario para la garantía de la democracia en sociedades que se definen como tal. La participación de la población en un proceso electoral supone el ejercicio del derecho a elegir y ser elegido como establece nuestra Constitución de la República.

La población también tiene derecho a participar en la vigilancia del respeto a la voluntad popular expresada en el voto.

La red de observadores de Participación Ciudadana se formó en 1996 como una forma de lograr este objetivo de veeduría social y con ello la participación activa de ciudadanos y ciudadanas que voluntariamente se suman a este esfuerzo.

El surgimiento de esta red de observadores se produjo en nuestro país como consecuencia de las crisis electorales producidas en la década de los 90 en distintos momentos, elecciones de 1990, 1994 y 1996. Estas elecciones bañadas por procesos de fraudes electorales provocaron que un número importante de ciudadanos y ciudadanas se agruparan y públicamente defendieran el respeto al voto popular.

La capacidad que ha tenido Participación Ciudadana de realizar observaciones electorales transparentes se ha demostrado en todos los certámenes electorales desarrollados hasta ahora. Igualmente deja mucho que desear la actitud asumida por la Junta Central Electoral de desacreditar y desprestigiar la institución con afirmaciones tan graves como el establecimiento de vínculos con asociaciones de malhechores, redes delictivas y criminales, entre otras.

Estas acusaciones se han extendido hacia comunicadores sociales como Juan Bolívar Díaz que ha demostrado una trayectoria de  coherencia en el ejercicio crítico y transparente del periodismo  en nuestro país.

La reunión entre la Junta Central Electoral y Participación Ciudadana para resolver la revisión de observadores/as no resuelve el daño que ya se ha hecho a la institución y a personalidades de la vida pública como Juan Bolívar Díaz. En una sociedad democrática este tipo de acusaciones infundadas suponen una demanda judicial por difamación e injuria hacia el organismo competente.

Ninguna acusación pública que cuestione la moral y la trayectoria ética de las personas puede hacerse sin previa investigación y demostración con pruebas. Nuestra Constitución y el Código Penal así lo establecen. Menos aún viniendo de un organismo del Estado que tiene que garantizar confianza y credibilidad en estos momentos.

Le toca a la Junta Central Electoral desmentir públicamente las acusaciones que previamente se hicieron sobre Participación Ciudadana y una parte de su red de observadores/as.

La observación electoral con participación de la sociedad civil debe ser fortalecida  por la Junta Central Electoral porque es una expresión de ejercicio ciudadano y una garantía de confiabilidad y credibilidad al proceso electoral y a la misma Junta.

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