Aparte de las medidas fiscales que impactan los ingresos y los gastos, todas las entidades que fungen como agentes de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) tendrán que lidiar también con efectos en su flujo de caja.
Las empresas que venden mayormente de contado verán aumentadas sus entradas de efectivo en un 2% como consecuencia del incremento del ITBIS de un 16 a un 18%.
En el caso de las ventas de determinados productos básicos a los que no se aplicaba el impuesto este incremento llega al 8%.
La clave es tratar este flujo de caja adicional que es sustancial sin olvidar que se trata de una retención que debe ser pagada al fisco durante el mes siguiente a la facturación, y no como una disponibilidad de capital de trabajo de la empresa.
En el caso de las empresas que venden a crédito, el efecto es contrario. Si el crédito toma un tiempo de 45 a 60 días, el ITBIS aumentado requerirá un aumento del capital de trabajo de la empresa de un 3 a un 4% de las ventas mensuales.
Si la empresa vende a crédito productos que recién entran en la base de tributación del ITBIS, el incremento en el capital de trabajo requerido será de entre un 12 y un 16% de las ventas mensuales de estos productos.
Estos efectos a favor del flujo de caja el uno, en contra el otro no son desdeñables.
Lo recomendable es ponerle asunto.
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Cobrar a tiempo
Pocas cosas son más importantes para cualquier empresa que cobrar a tiempo sus facturas. Aparte del capital de trabajo que queda atrapado en facturas por cobrar, observe lo siguiente: por cada 15 días que se deteriore su cartera de cobros, deberá buscar el 9% del incremento en dinero de la cartera de cobros como capital de trabajo adicional, sólo para pagar el ITBIS correspondiente a tiempo.