Guardianes de la verdad Opinión
Juan Manuel Morel Pérez

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Recientemente, se inició la sociabilización del anteproyecto que modificaría la Ley 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, como parte de su reforma y transformación. Como profesional de la seguridad y defensa nacional, en una tertulia entre amigos, se me preguntó qué pensaba. Es un proyecto novedoso que, si se aprueba y aplica correctamente, podría revolucionar la Policía Nacional. Aunque tiene aspectos mejorables, como el Artículo 5, que no define conceptos clave como seguridad ciudadana o pública, lo que representa un vacío conceptual importante.

La Policía pasaría de ser dependiente solo administrativamente del Ministerio de Interior y Policía a serlo también funcionalmente. Esta centralización estratégica plantea interrogantes sobre la autonomía operativa, especialmente considerando que el artículo 255 de la Constitución establece que la Policía investiga bajo dirección del Ministerio Público, mientras que el artículo 7 de la ley la subordina al Presidente. Esta dualidad genera tensiones no resueltas, más aún con el Ministerio Público, ya como órgano extrapoder, no dependiente del Poder Ejecutivo

Entre las innovaciones, el director general pasaría de Mayor General a General Superior, algo similar a teniente general, sin exigencia del requisito del tiempo mínimo en filas ni duración máxima en el cargo. Se crean dos subdirecciones generales: una de Transformación y Derechos Humanos, y otra financiera-administrativa, esta última con posibilidad de ser civil. Se promueve la participación de profesionales civiles en áreas estratégicas.

El anteproyecto prohíbe designar como director o subdirector general a cónyuges o parientes cercanos de altos funcionarios del Estado, buscando evitar conflictos de interés y preservar la independencia institucional. También contempla un desmonte masivo de generales y coroneles mediante retiros automáticos al cesar funciones, desplazamientos por antigüedad, falta de formación en gerencia policial o no selección para cursos de alta dirección. El presidente podrá prescindir de cualquier general en cualquier momento, y quienes no estén en servicio activo no recibirán compensaciones adicionales.

Se introduce una nueva nomenclatura de rangos: Cabo Segundo, Cabo Primero, Sargento, Subcomisario, Comisario y Agentes Patrulleros, con cinco años mínimos por rango y requisitos académicos específicos para ascensos para General curso en alta dirección policial, Teniente Coronel: maestría en administración policial, Capitán y Comisario: especialización en dirección operativa y subcomisario: licenciatura en ciencias policiales, estas exigencias refuerzan la profesionalización técnica y académica como exigencia a la oficialidad… Se crea el Centro Nacional de Estándares de la Profesión Policial (CNEPP), paralelo al Instituto Policial de Educación Superior (IPES): el primero certifica competencias y desempeño técnico; el segundo desarrolla la formación académica.

Se formalizan seis técnicas policiales: registro personal, de transporte, conducencia, uso de tecnología, mediación policial y derecho ciudadano a grabar. La Dirección Central del Servicio de Policía se convierte en macroestructura desarrollando la coordinación, mientras que la Dirección de Prevención ejecuta en campo. El DICRIM se transforma en Dirección Central de Investigación e INTERPOL, y la DIGESETT desaparece, dando paso a la Dirección de Policía de Tránsito y Transporte.

Se crearía la Fuerza Estratégica Integral para la Seguridad Pública, espacio de coordinación interinstitucional presidido por el presidente, integrado por un conjunto de ministros y responsables de las instituciones que son vinculadas a la seguridad y defensa nacional, con reuniones mensuales. Se establecen compensaciones por mando, antigüedad, función y ubicación territorial, con un máximo de cuatro compensaciones por persona. Las vacaciones serán de 25 días por año, acumulables por dos periodos, y se otorgan beneficios por mudanza, estudios y disfrute de vacaciones. El artículo 89 regula la retención del 50% del salario en caso de suspensión, con devolución si hay absolución.

El anteproyecto establece la existencia del Consejo Consultivo para la Participación de la Mujer Policía y uno de Política de Integridad Policial como eje transversal, junto a una Política Integral de Derechos Humanos con enfoque en poblaciones vulnerabilizadas y crea el Sistema de Garantías Ciudadanas como intermediario entre comunidad y policía y el control social de las actuaciones policiales, se excluye al defensor del pueblo de la vida policial, y la Inspectoría General deberá rendir cuentas semestrales con participación ciudadana, además el anteproyecto establece que la policía no prestara servicio de seguridad interna ni perimetral a las edificaciones de instituciones de la administración pública, estas tendrán que proveerse seguridad proporcionada por empresas privadas.

Este anteproyecto propone una transformación funcional, jerárquica, académica y ética, impactando la profesionalización policial y la seguridad pública. Su éxito dependerá de la voluntad de todos, recursos adecuados, participación ciudadana y compromiso ético. La reforma no será solo normativa; será cultural, simbólica y operativa en ese camino, se está transitando.

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Juan Manuel Morel Pérez

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