Más acuerdos, menos juicios: lecciones puertorriqueñas para una mejor justicia

Millizen Uribe, articulista
“La justicia cuando es tardía no es justicia”, reza una máxima jurídica. En República Dominicana, la mora judicial y la sobrepoblación carcelaria se han convertido en dos de los problemas más graves de nuestro sistema de justicia. Resolverlos no es solo un asunto administrativo: es una obligación frente a los derechos fundamentales de la ciudadanía.
Recientemente participé en una delegación de jueces, periodistas y comunicadores invitados por el Poder Judicial dominicano a conocer el sistema de Puerto Rico. La experiencia dejó lecciones valiosas sobre cómo agilizar los procesos y devolver confianza a la justicia.
Lo que más me impresionó fue la normalización de los acuerdos judiciales. Entre el 90 % y 95 % de los casos civiles y penales en Puerto Rico se resuelven por esta vía, evitando juicios prolongados. La jueza Carmen Otero, administradora de la Región Judicial de Bayamón, lo resumió de forma contundente: resulta “inconcebible” que un caso entre a un tribunal sin antes intentar un arreglo.
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La realidad dominicana es muy distinta. Según explicó la magistrada Esmirna Giselle Méndez, aquí apenas el 13 % de los procesos se resuelve con acuerdos, pese a que están contemplados en el Código Procesal Penal. Esta figura, que permite al imputado admitir los hechos y negociar con el Ministerio Público, no solo descongestiona los tribunales, sino que responde a un enfoque reparador: resarcir y devolver lo robado, más allá de castigar.
En Puerto Rico, el impacto es visible. Distritos como Bayamón o Caguas transmiten orden y fluidez, en contraste con el desbordamiento que caracteriza a muchos tribunales dominicanos. Es importante aclarar que no todos los delitos califican para acuerdos —armas de fuego o casos contra menores quedan fuera—, pero incluso con esas limitaciones, la eficiencia es notable. Además, este mecanismo protege tanto a víctimas como a imputados de procesos largos y costosos, y permite a los jueces enfocarse en casos de mayor trascendencia.
Otro aprendizaje clave fue la incorporación de tecnología. Puerto Rico utiliza expedientes electrónicos, consultas en línea y administración digital de casos. En materia civil, el 90 % de las audiencias se realiza de forma virtual, nos explicó la jueza Maritere Colón.
En República Dominicana, cuando se intentó aplicar este modelo, surgieron resistencias. Sin embargo, los abogados puertorriqueños han comprobado las ventajas: pueden participar en varias audiencias en un mismo día sin importar la distancia, reduciendo costos y tiempos. La digitalización, acompañada de voluntad política y capacitación, demuestra ser un camino viable para modernizar la justicia.
El rol del Ministerio Público también marca diferencias. En Puerto Rico, las solicitudes de medidas de coerción y las actas de acusación rara vez superan una página. Aquí, en cambio, los expedientes suelen convertirse en “mega-expedientes ” de cientos de páginas, con el objetivo de “sobreprobar” los casos, especialmente en materia de corrupción. Entiendo que lo que se busca es blindar los procesos contra jurisprudencias adversas, pero la práctica termina jugando en contra: genera retrasos que las defensas aprovechan y multiplica los aplazamientos.
La judicatura también debe asumir responsabilidad. No basta con leyes modernas si las audiencias se convierten en escenarios de aplazamientos injustificados. El debido proceso no puede ser excusa para tolerar tácticas dilatorias que perpetúan la mora judicial.
Esta visita a Puerto Rico dejó claro que sí es posible un sistema judicial más ágil y eficiente. Pero lograrlo requiere que todos los actores —jueces, fiscales, abogados, y también la ciudadanía— impulsen cambios de mentalidad y práctica.
La mora judicial y la sobrepoblación carcelaria no solo afectan a quienes hoy enfrentan un proceso penal. Son una amenaza latente para cualquiera de nosotros y minan la credibilidad institucional.
Necesitamos una justicia moderna, garantista y humana, que no se eternice en expedientes ni en aplazamientos, sino que resuelva con rapidez y equidad. Porque al final, de nada sirve tener tribunales y leyes si los procesos se vuelven interminables. Y es que, como recuerda la máxima jurídica: cuando la justicia es tardía, ya no es justicia.