#SinFiltro: La ley, la fama y la igualdad de condiciones

Dayanara
El caso del comunicador Pablo Ross ha vuelto a encender el debate nacional, no solo por la tragedia personal que envuelve su estado de salud, también por la recurrente y dañina tendencia de nuestra sociedad a priorizar el estatus sobre la justicia.
La solicitud de libertad condicional para Ross, quien cumple una condena de diez años por incesto y que hoy padece de cáncer con metástasis, ha generado una ola de empatía, pero es imperativo preguntarse: ¿Es esta empatía un privilegio reservado para las figuras públicas?
El abogado Julio Cury argumenta, con base en la Ley 164-80, que las serias condiciones médicas y el cumplimiento de más del 70% de la pena (siete años y dos meses) facultan a su cliente a optar por la libertad condicional. Es un argumento legalmente válido. Sin embargo, la conversación pública va más allá de la ley y se centra en una peligrosa doble moral.
La fama no es un atenuante: ¿Qué hace a Pablo Ross más especial que a cualquier otro recluso?
En las cárceles de la República Dominicana, miles de personas cumplen sus condenas, muchas de ellas enfrentando condiciones de salud precarias y graves, lejos de los focos y sin el respaldo de un bufete legal de alto perfil. Nadie sale a defenderlos con la misma vehemencia.
Hay que romper este tabú: la fama no es un atenuante. El dolor no debe ser un privilegio.
Una figura pública, por definición, debe ser un referente, un ejemplo, un modelo de conducta. Y es precisamente esta expectativa la que hace su caída más dura. La condena por incesto en perjuicio de su hijastra menor de edad es un acto que rompe la fibra moral más básica.
Recordemos, además, que el historial de Ross no se limita a esta condena. La periodista Emilia Pereyra Pérez lo acusó públicamente de acoso laboral, un patrón de conducta que añade más sombras a la imagen de un hombre que se supone debía ser un modelo.
Lo humano, ¿para quién?
Muchos dirán que, ante estas circunstancias, hay que ver lo humano por encima de lo profesional y de la ley. Que la enfermedad es motivo suficiente para la clemencia. Si vamos a enfocarnos en lo humano, si la empatía va a ser el criterio, entonces debemos mirar el cuadro completo.
¿Dónde queda la humanidad de la niña que fue afectada? Esa niña, hoy mujer joven, vive día a día con esa tragedia, con ese trauma, con esas vivencias. Por más asistencia psicológica que reciba, esas huellas son imborrables. El dolor de la víctima es crónico y permanente, y sufre en silencio, sin un abogado de renombre que la defienda en el tribunal de la opinión pública. Su trauma no tiene un vocero.
La justicia no debe aplicar una doble vara de medir. Si la jueza Licelot Casado decide el próximo 10 de noviembre otorgar la libertad condicional, debe ser porque Pablo Ross cumple con cada requisito estipulado en la ley para cualquier ciudadano, no por ser “Pablo Ross”.
De lo contrario, estaríamos enviando un mensaje claro y desolador a la sociedad dominicana: que la vida de la víctima y la equidad ante la ley valen menos que el estatus de una figura pública enferma. Y si eso es así, la justicia en nuestro país está, verdaderamente, enferma y sin filtro.