Organizaciones demandan que el aborto sea despenalizado en tres causales

Organizaciones demandan que el aborto sea despenalizado en tres causales

Organizaciones que defienden los derechos de las mujeres, demandaron hoy que el aborto sea despenalizado en tres causales, cuando corre riesgo la vida de la mujer gestante; cuando existen malformaciones congénitas incompatibles con la vida, y cuando el embarazo es resultado de una violación o incesto

En el contexto del Día por la despenalización del aborto en América Latina y el Caribe, las entidades Colectiva Mujer y Salud (CMS) y Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF) piden que sean revisados y corregidos en los términos de la Observación Presidencial de las tres causales del año 2014, que hiciera el mandatario Danilo Medina.

Hoy Digital comparte con sus lectores un comunicado remitido a esta redacción por CMS y CIPAF a propósito de la fecha

28 de septiembre 2016

Día por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe en República Dominicana.

“Los parlamentos están ubicados en todos o casi todos los países, al grado que sería aceptable expresar que donde hay una concentración de personas habitando una región, hay usualmente una legislatura” (Norton,1996).

En la República Dominicana las Cámaras de Diputados y de Senadores tienen la responsabilidad de elaborar las leyes que nos rigen de modo que respondan a las necesidades de la sociedad y garanticen el pleno respeto a los derechos humanos de toda la población. En nuestro país, el Congreso Nacional se ha renovado recientemente, lo cual nos ofrece una oportunidad para dar cumplimiento a este deber soberano

Las mujeres en la República Dominicana demandamos a quienes se erigen como representantes populares cumplan con la deuda histórica de despenalizar el aborto en tres causales:

 

  1. Cuando corre riesgo la vida de la mujer gestante
  2. Cuando existen malformaciones congénitas incompatibles con la vida
  3. Cuando el embarazo es resultado de una violación o incesto

 

Según el Amicus Curiae presentando en 2015 por el Centro de Estudios Jurídicos y Sociales de Bogotá, De justicia, ante el Tribunal Constitucional Dominicano “Obligar a la mujer a continuar el embarazo aún cuando está en peligro su vida, cuando el feto es inviable y cuando el embarazo es producto de una violación, no sólo restringe e derecho a la autonomía individual y al libre desarrollo de la mujer, sino que impone cargas físicas, emocionales, sociales y económicas bastante difíciles de soportar dichas cargas

pueden resultar imposibles de cumplir”.

Nuestro país se encuentra entre los pocos países que aún penalizan totalmente el aborto, lo cual genera discriminación, injusticia social y muerte. Así, en el contexto del día por la despenalización del aborto en América Latina y el Caribe, exigimos que los artículos del Código Penal en la materia, sean revisados y corregidos en los términos de la Observación Presidencial del año 2014. Y que se recupere una redacción que garantice el desarrollo y la democracia en nuestro país, para lo cual proponemos la siguiente redacción:

Artículo 107.- Aborto. Quien mediante alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o por cualquier otro medio cause la interrupción del embarazo de una mujer, aún cuando esta lo consienta, será sancionado con dos a tres años de prisión menor, salvo lo previsto en el artículo110.

Artículo 110.- Eximentes. No será punible la interrupción del embarazo cuando sea practicado por personal médico especializado, en centros o establecimientos de salud, públicos o privados, en los casos en que peligre la vida de la gestante, cuando ésta ha sido víctima de violación o incesto, o cuando el embrión o feto presente malformaciones incompatibles con la vida.

Colectiva Mujer y Salud (CMS) y Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF)

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