Otorgan plazo a las partes caso Bancredito

Otorgan plazo a las partes caso Bancredito

La Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santo Domingo dio ayer un plazo de cuatro días para la comunicación recíproca de documentos entre los abogados del Banco Central y de los banqueros acusados Arturo Pellerano y Felipe Mendoza.

El caso contra los ejecutivos del Banco Nacional de Crédito (BANCREDITO) llegó a la Corte debido a que la Quinta Cámara Civil y Comercial rechazó fijar la audiencia para conocer el pedido de suspensión de la persecución criminal.

El proceso fue aplazado para el próximo jueves 22 del presente mes a las 9:30 de la mañana.

La defensa de Pellerano y Mendoza, encabezada por el doctor Juan Manuel Pellerano Gómez, sustentó su pedido sobre la base de que alegadamente la Superintendencia de Bancos no tiene calidad para constituirse en parte civil.

Esto, así, conforme el recurso de amparo, porque la Superintendencia de Bancos no recibió ningún dinero del Grupo Financiero Nacional, ni ha recibido ningún tipo de perjuicio.

«La Superintendencia no aportó ningún dinero ni recibió ningún dinero ni ha sufrido ningún perjuicio», precisó la defensa.

Los abogados del Banco Central entienden que la culpabilidad o no de los acusados será determinada en un juicio de fondo.

En representación de las instituciones monetarias y financieras estuvieron los doctores Artagnan Pérez Méndez, Carlos Salcedo y José Lorenzo Fermín.

[b]RECURSO DE AMPARO[/b]

Durante el día de ayer también se conoció un recurso de amparo en procura de que se ordene al Banco Central pagarle a los ahorrantes del Grupo Financiero Nacional.

Con este recurso se pretende que la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santo Domingo anule la resolución de la Junta Monetaria que dejó sin efecto el contrato mediante el cual el Banco Central y el Grupo Financiero Nacional se comprometieron a pagar los depósitos de los ahorrantes de ésta última entidad bancaria.

El caso es conocido en materia de apelación, en virtud de que la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional se declaró incompetente para conocer el caso, bajo el alegato de que lo que se demandó fue la ejecución del cumplimiento del contrato.

Los abogados del Grupo Financiero Nacional entienden que con la negativa de pagar a los ahorrantes por parte del Banco Central se violenta un contrato hecho entre las partes.

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