País carece de catastro de las áreas protegidas

País carece de catastro de las áreas protegidas

POR ODALIS MEJIA
La Secretaría de Medio Ambiente  no cuenta con un Catastro Nacional de Áreas Protegidas ni un inventario de los bienes inmuebles que forman parte del sistema que agrupa una 86 zonas de protección y en las cuales existen serios conflictos entre el Estado y particulares, por la propiedad de la tierra.

Ante esta situación, varios organismos internacionales han sugerido elaborar y ejecutar un plan de delimitación física, geo-referencial y señalización de los límites de las diferentes unidades de conservación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).

Indican que se debe organizar el Catastro Nacional de Áreas Protegidas, el cual deberá tener actualizados los planos y mapas de las zonas protegidas, con sus áreas y linderos topográficos, su inventario de infraestructura de servicios, incluyendo alojamiento, senderos y señales.

También sugieren  traspasar a nombre de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales los títulos de propiedad de los inmuebles que forman parte del SINAP, que sean propiedad del Estado, de las instituciones autónomas y descentralizadas, y de los municipios.

Señalan que se debe garantizar los derechos de propiedad de los titulares de inmuebles privados, que formen parte del SINAP para lo cual se debe identificar y aplicar «formas novedosas de resarcimiento de su derecho de propiedad».

Entre las formas de resarcir sugieren incluir la conversión de dichas áreas en unidades privadas, el traspaso de la administración de las mismas a los propietarios de dichos terrenos y el pago o permuta de los mismos. 

Tales propuestas están contenidas en el borrador de políticas del SINAP que será discutido el día siete de junio en el hotel V Centenario y que fue elaborado en una acción coordinada de la Secretaría de Medio Ambiente, las Agencias Internacional del Desarrollo de los Estados Unidos (USAID), de Cooperación Española (AECI), Alemana de Cooperación (GTZ), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y The Nature Conservancy. 

Según José  Manuel Mateo, director de Áreas Protegidas de Medio Ambiente, hay que determinar un mecanismo de saneamiento muy profundo para las áreas que están en conflicto con particulares por la tenencia de la tierra.

Indicó que muchas áreas fueron declaradas protegidas por su valor ambiental, más que del terreno, tras destacar que aunque hay  zonas dentro de los parques que pertenecen a particulares, también el Estado  es propietario de muchas tierras.

Señaló que aunque las leyes establecen las áreas protegidas como propiedad del Estado, también prevé respeto a la propiedad privada, por lo que se buscarán mecanismos de compensación.

INCONGRUENCIAS

Entre los estudios técnicos sobre las áreas protegidas se destaca uno sobre el marco legal de las mismas auspiciado por la USAID que plantea que debido a las contradicciones que existen en la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (202-04) se propone una nueva legislación que enmiende las omisiones, errores técnicos, legales, la fragmentación de hábitats y ecosistemas, incongruencias e inexactitudes y que garantice la representatividad del SINAP.

El informe critica  la creación de comisiones mediante decreto para los posibles usos turísticos de áreas protegidas que otorgan  mayor potestad a la Secretaría de Turismo frente a la Secretaría de Medio Ambiente.

«La supremacía del sector turístico en cuanto a presentar beneficios más perceptibles y a corto plazo de las áreas protegidas; como los intereses particulares en el desarrollo de esa industria, están permeando el marco jurídico ambiental del país en perjuicio de las atribuciones normativas y de control que la ley 64-00 otorgó a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales», establece.

Indica que las propuestas de reformas a la ley que afectan intereses comunitarios y privados deben ser consensuadas a fin de hacerlas viables o de librar de «asechanzas al marco legal y de presiones en la gestión muchas veces inmanejables».

«A la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales le corresponde mirar más los objetivos si desea vencer los obstáculos. Debe asumir las responsabilidades que les fueron asignadas por ley en el SINAP, dotando al sistema del andamiaje reglamentario que complemente el marco legal y norme las acciones».

Entre otras recomendaciones señala el levantamiento técnico señala que se debe elaborar proyecto de reforma a Ley 202- 04 en cuanto a la precisión de las  coordenadas geográficas de las unidades de conservación,  previo estudio catastral,  corrección de incoherencias en la clasificación y nomenclatura para las categorías de manejo.

También categorización de las áreas conforme a sus objetivos de conservación y los servicios que preste o pueda prestar, establecer criterios de manejo y selección para las zonas de amortiguamiento y su delimitación y modificaciones de límites previamente consensuados entre el Estado, las comunidades y el sector privado.

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