Papa elimina secreto pontificio en casos de abusos sexuales

Papa elimina secreto pontificio en casos de abusos sexuales

Pope Francis speaks during the presentation of the 'Escritos' (Writings) by Argentine Jesuit Father Miguel Angel Fiorito at the Jesuits' General Congregation Hall in Rome, Friday, Dec. 13, 2019. Pope Francis wrote the preface to the five books containing the works of his spiritual director as a young Jesuit in Agentina where he was ordained priest 50 years ago on Dec. 13, 1968. (AP Photo/Domenico Stinellis)

Para que nunca más el ampararse en el silencio pontificio sirva a esconder u obstaculizar la investigación de los casos de pederastia por parte del clero- con esta intención el papa Francisco ha promulgado dos leyes que eliminan el secreto pontificio cuando se trate de abusos sexuales.
Esta medida era una de las más exigidas a la Iglesia católica por las asociaciones de víctimas de pederastia y de la que más se habló en la cumbre sobre la protección de menores que se celebró el pasado febrero.
En la primera de las dos leyes promulgadas, el papa levanta el secreto pontificio en el caso de los procesos y las decisiones relativas a los delitos “de violencia y de actos sexuales cometidos bajo amenaza o abuso de autoridad, casos de abuso de menores y de personas vulnerables, casos de pornografía infantil, casos de no denuncia y encubrimiento de los abusadores por parte de los obispos y superiores generales de los institutos religiosos». La segunda medida endurece las normas sobre los casos de pederastia de manera que sea delito “la adquisición, posesión o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores de 18 años por parte de un clérigo”, y no solo de menores de 14 años, como hasta ahora.
Pero, además, en la nueva instrucción “sobre la confidencialidad de las causas” se establece claramente que “no puede imponerse ningún vínculo de silencio con respecto a los hechos encausados ni al denunciante, ni a la persona que afirma haber sido perjudicada, ni a los testigos».
Finalmente, en otro artículo, se permite que en los casos relativos a estos delitos más graves, el papel de “abogado y procurador” pueda ser desempeñado también por fieles laicos con un doctorado en Derecho Canónico, y no solo por sacerdotes.

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