Participación Ciudadana sustenta su petición de los escritos de defensa Caso Odebrecht

Participación Ciudadana sustenta su petición de los escritos de defensa Caso Odebrecht

A raíz de las objeciones del empresario Ángel Rondón a la solicitud de Participación Ciudadana (PC) de acceder a los escritos de defensa en el caso de los sobornos de Odebrecht, y su petición al juez de que previo a cualquier decisión al respeto se investigue la procedencia de lo solicitado ya que no forma parte del proceso penal, la entidad cívica no partidista remitió una carta al juez del juicio preliminar Francisco Ortega Polanco, exponiendo los argumentos jurídicos y de principios que avalan dicho requerimiento.

En ese sentido, PC indica que el caso ya ha superado la fase preparatoria, que según el artículo 290 del Código Procesal Penal (CPP), no es público para los terceros, lo que adelanta que las siguientes etapas sí son de carácter público.

Señala que el artículo 3 del CPP que bajo el título I sobre los principios fundamentales, explica que el juicio debe ajustarse a determinados principios, entre los cuales está la publicidad. También agrega que el artículo 308 del CPP se titula precisamente “publicidad”, enfatizando en el principio de que el juicio es público.

El abogado y dirigente de PC, Francisco Álvarez Valdez, sostiene que “es cierto que el juez puede establecer restricciones a la publicidad, pero, como expresa el penalista Alberto Binder, «se debe tener bien claro que las restricciones al acceso o la limitación a la publicidad deben ser excepcionales y la decisión que la establece, fundada; ya que se haya en juego un principio – el control ciudadano – de suma trascendencia”.

Álvarez Valdez recuerda que PC, es el capítulo nacional de Transparencia Internacional y que uno de sus fines es trabajar por la transparencia, razones por las cuales han dado seguimiento a varios casos judiciales como los de Baninter, Bancrédito, Mercantil, los casos Victor Díaz Rúa y Félix Bautista, sin tener ningún problema para acceder a los expedientes de los referidos casos, incluyendo los escritos de contestación de acusación.

“Los escritos de defensa cuya copia solicitamos no son considerados documentos confidenciales pues los propios imputados han venido divulgándolos a través de los medios de comunicación y serán de conocimiento público debido a que los mismos serán presentados en las audiencias en forma oral y comunicados a todo el país a través de los medios de comunicación. Tener las copias facilita el trabajo de seguimiento del caso”, manifestó.

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