¿Pastores evangélicos legalizando matrimonios?

¿Pastores evangélicos legalizando matrimonios?

Los medios de comunicación han informado que hay un movimiento tendiente a presentar y apoyar una iniciativa legislativa en el Congreso Nacional para facultar legalmente a los pastores evangélicos dominicanos para unir parejas en matrimonio. Se ha hecho notar que el Presidente de la República recibió en su despacho a una misión encabezada por un senador de una nación foránea que apoya esta iniciativa.

Esa pieza legislativa y el apoyo para su conocimiento, aprobación y promulgación deben ser bien ponderadas. Las siguientes preguntas u observaciones no son necesariamente inquisitivas y/o provocativas, sino, mas bien, sirven para establecer claridad, hurgar disposiciones, analizar intenciones, y señalar fortalezas y debilidades que podrían aflorar en este delicado asunto.

Es recomendable sopesar diligentemente esta iniciativa para que no se tome con ligereza y no se vea como un gesto de índole político, innecesario e inoportuno, especialmente en este momento pre eleccionario.

Esto puede ser así, pues, existen otros asuntos de mayor envergadura y urgencia que deben ser tratados por el Congreso, apoyados y proclamados como parte de las leyes que son realmente de urgencia e inaplazable necesidad en esta nación. Ya veremos más adelante.

Sería conveniente dar a conocer el trasfondo del esfuerzo e intención de presentar ahora esta propuesta.

Es de lugar tomar las pertinentes consideraciones, preguntas y puntos de análisis, para conocer, presentar, aprobar y decretar esta ley. Se debe sopesar con la debida atención las diligencias que se encaminan para que se institucionalice la prerrogativa de los pastores evangélicos para formalizar, legalizar y registrar matrimonios.

¿Qué participación y consideraciones han tenido los líderes de los Concilios, Conferencias, Convenciones, Sínodos o cuerpos que gobiernan las denominaciones Protestantes, Evangélicas y de otros grupos u organizaciones eclesiales?

¿Cuáles son los argumentos fundamentales para proponer una ley de esta ésta naturaleza precisamente en estos momentos?

¿Es con la finalidad de establecer una concesión igualitaria o un derecho adquirido?

¿Qué, cómo y cuándo los promotores consultaron o se acercaron a los dirigentes religiosos de las denominaciones para saber sus pareceres al respecto?

¿Es realmente viable que los 6000 a 7000 pastores protestantes y evangélicos tengan por ley la “meritoria potestad” para enlazar parejas lícitamente en matrimonio, a sabiendas que la gran mayoría podrían estar de acuerdo con este gesto, pero adolecerían de la necesaria preparación y facilidades para registrar con pulcritud y correcta diligencia la tarea que implica esta responsabilidad?

¿Cómo se determinarán y en qué consistirían las características y condiciones para determinar cuando un pastor tiene derecho y autoridad para ligar legítimamente a un hombre y una mujer en lazo matrimonial?

¿Podrían las características y exigencias servir para modelar quienes disfrutarían de esta prerrogativa y consecuentemente discriminar a una importante y numerosa parte de los pastores?

¿Qué tipo de control o registro tiene el Estado dominicano de los ministros cristianos que sean debidamente ordenados, autorizados, nombrados y son representantes idóneos de congregaciones o afiliaciones incorporadas según las leyes y de acuerdo con las regulaciones de los cuerpos eclesiales?

Los ministros religiosos cristianos, sean estos sacerdotes, diáconos, pastores, presbíteros, ancianos, etc., no están llamados ni ordenados para desempeñar funciones de jueces cívicos o ser brazos de estamentos estatales para legalizar uniones matrimoniales. La Iglesia no casa a nadie. El deber de la Iglesia es dar la bendición a la unión entre un hombre y una mujer en Santo Matrimonio, para así santificar en nombre de Dios, el enlace conyugal. Le toca al Estado la legalización y registro de la unión de la pareja.

Antes de legislar y apoyar que los ministros religiosos puedan legalizar uniones matrimoniales, se debe propiciar la normalización de la bochornosa situación imperante en la sociedad de miles de dominicanos que tienen problemas con el registro de sus nacimientos.

Una de las prioridades de la Junta Central Electoral, en conjunto con las apropiadas esferas gubernamentales, es la normalización de la anómala situación de un país de 160a años de independencia, que reclama modernización y que trata de observar los derechos humanos; pero sin embargo, tiene el lastre de un número de ciudadanos que no tienen identidad ciudadana.

Son muchos los que están en condición de robots o zombies. Están vivos, mas no tienen verdadera individualidad como personas. Fueron engendrados, tienen padres y madres, pero no existen como nacionales, como verdaderas personas, por no tener acta de nacimiento. Miles tienen problemas con sus apellidos o dificultades con sus nombres y se les hace problemático matricularse en centros de enseñanzas, obtener la cédula personal de identidad u otros documentos. Es prioritario actuar en estos casos.

Hay que tomar la decisión para normalizar esta vergonzosa situación cívico social. Ya es tiempo para que se manifieste la necesaria voluntad política para erradicar este mal social. Hay que soslayar la dejadez a fin de superar esta etapa de desorden nacional y regularizar de una vez y para siempre el estado anormal de la situación de los registros de nacimientos. Esto sí que es una prioridad.

La iniciativa pendiente de sanción en el Congreso que busca facultar legalmente a los pastores evangélicos, viene a destiempo por no ser de urgencia ni de forzosa necesidad.

Es improcedente por las dificultades que esto puede acarrear, pues, será difícil establecer las características necesarias para determinar la competencia de los 6000 a 7000 ministros religiosos en el país para otorgarle la facultad para legalizar y registrar las uniones matrimoniales.

Esto es así, repetimos, porque más de la mitad de los pastores y dirigentes de congregaciones eclesiales, no tienen la adecuada preparación académica o las facilidades para ejercer las funciones administrativas parroquiales o congregacionales.

Existe una ley sobre la obligatoriedad de presentar el acta de nacimiento debidamente emitida por un Juez Civil para administrar el Santo Bautismo. Por razones doctrinales, rituales y costumbres de fe y práctica, esto es difícil de ser cumplido.

Si ahora se le añade la función y responsabilidad de legalizar y registrar uniones conyugales, esto podría ser un desastre mayor y una complicación que se debe evitar.

No hay necesidad de implementar esta ley con apresuramiento. Esta diligencia parece tener apariencia de un vehemente deseo que provocaría discriminaciones a más de la mitad de los pastores en la República Dominicana. Las comidas más apetitosas son bien condimentadas y se cocinan lentamente.

Los ministros de la religión deben seguir impartiendo bendiciones a los casados, pero no hay lugar ni necesidad para servir como funcionarios estatales para asuntos de uniones matrimoniales.

Hay otras áreas de servicios ministeriales que se deben establecer y facultar. El Estado dominicano está llamado a proveer Capellanes Protestantes y Evangélicos, bien formados, nombrados e integrados a plenitud e igualdad de rangos, deberes y privilegios, para dar orientación, apoyo emocional y dirección espiritual a los miles de militares y policías de fe y práctica de las denominaciones cristianas en el país.

El movimiento religioso protestante evangélico ha crecido y su auge va en aumento cada día. Hay miles de fieles, seguidores y amigos en todos los estratos sociales del país comprometidos con esas profesiones de fe cristiana. Muchos son prominentes oficiales militares y policías que adoran y participan activamente en cultos evangélicos junto con sus familiares. Estos cumplen en forma destacada y leal como componentes de los cuerpos castrenses y como fervientes miembros de sus comunidades de fe. ¿Por qué no tienen pastores capellanes para servirles?

Es cierto que en algunos países hay iglesias que por razones históricas, por concordatos vigentes, o por conveniencia política o estatus social, tienen ataduras con Estados y regímenes. Conservan las concesiones que permiten a sus ministros ordenados certificar nacimientos, bautismos y enlaces matrimoniales. Hoy por hoy, en muchos casos, esas ataduras se consideran una aberración, una fuente de conflictos de relaciones entre Estados, Iglesias y la sociedad civil.

Algunos teólogos y muchos fieles, anhelan ver las separaciones de las Iglesias y Estados, pero no es fácil romper con tradiciones que pueden causar desavenencias, pérdidas de favores, privilegios y condicionamientos ventajosos de las partes involucradas.

Para la República Dominicana, no es una condición meritoria otorgar por ley a un ministro religioso funciones como registrador de casamientos. Los sacerdotes y pastores están llamados y ordenados primordialmente para aconsejar y bendecir el lazo conyugal de un hombre y una mujer, pero no a legalizar uniones matrimoniales. Esto es responsabilidad de los estamentos estatales.

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