Pateando la ley

Pateando la ley

Si el Estado fue el autor de la capitalización de la otrora Corporación Dominicana de Electricidad, lo correcto es que creara el marco jurídico adecuado para que el proceso pudiese marchar con las debidas garantías. Eso explica la existencia de la Ley General de Electricidad, su reglamento de aplicación y otras legislaciones sobre la materia.

El Estado, también, es el autor o garante de todas las legislaciones y pautas que norman la conducta social de los ciudadanos y sus relaciones entre sí. Así, ni los individuos ni sus agrupamientos, llámense razón social o como se llamen, pueden estar por encima de lo que manda la ley.

Pero, lamentablemente, en este país suele permitirse que individuos o asociaciones de individuos patéen la ley en perjuicio de los demás.

Iniciamos este comentario con la capitalización de la CDE porque en el ámbito del mercado eléctrico se da un caso de violación de la ley, en perjuicio de mucha gente y nada menos que con el visto bueno del Estado.

Cada usuario del servicio de energía eléctrica, llámese individuo o razón social, maneja su relación con el suplidor de este bien de la física en base a un contrato individual. Los accidentes o incidentes que se producen en torno a esa relación no pueden, de modo alguno, afectar a terceras personas, sea a nombre de la causa que sea.

Sin embargo, aquí el Estado es el primero en proteger la violación de la individualidad contractual que rige las relaciones entre usuarios y distribuidores de energía.

-II-

El hecho de avalar que los distribuidores suministren menos energía en aquellos sectores en que menos se pague es una forma de patear la ley que establece y defiende la individualidad de los contratos. Disminuir a un 70% el suministro de energía eléctrica a un sector en el que sean débiles las cobranzas anula la individualidad de los contratos en lo que concierne a los derechos de aquella gente que, aún residiendo en un sector de bajo pago, se mantienen al día en el pago de la energía que reciben.

Cuando el Estado, a través de la Superintendencia de Electricidad, avala esa disminución de suministro en base al argumento del poco pago, no está más que pateando la ley que protege a los que sí pagan. Para agravar las cosas, está premiando la falta de eficiencia en el cobro por parte de los distribuidores y protegiendo la práctica de éstos, de facturar en base a patrón de consumo sin el consentimiento previo de los usuarios de la energía. Para un usuario cualquiera, las horas de apagones o el hecho de «apagar» su hogar por ausencia temporal no tiene efecto alguno sobre la facturación, porque los distribuidores cobran a partir de un patrón, no del consumo real por unidad de tiempo.

El Estado no puede jugar el doble papel de establecer pautas para el bien colectivo y al mismo tiempo autorizar y proteger a quienes violan los derechos individuales, como está haciendo con los distribuidores en su relación con los usuarios de la energía.

De una vez por todas, el Estado tiene que acostumbrarse a la idea de que la solución de las deficiencias del mercado energético no pueden estar basadas en el perjuicio de los usuarios ni pueden lograrse pateando la ley.

Publicaciones Relacionadas