PE somete proyecto autoriza $750 MM  “doble”  de cabildos

PE somete proyecto autoriza $750 MM  “doble”  de cabildos

El presidente Leonel Fernández sometió ayer al Senado un proyecto de ley que autoriza al Banco de Reservas, a través del Ministerio de Hacienda, a otorgar a las entidades centralizadas y descentralizadas del Estado, así como a las alcaldías, financiamientos hasta RD$750 millones para el pago del salario número 13 a sus empleados.

 En el mensaje anexo al proyecto, el jefe del Estado expresa que de conformidad con las disposiciones legales, las  entidades están obligadas a pagar a sus empleados en  diciembre el salario de Navidad o regalía pascual.

            Los RD$750 millones incluyen financiamientos a las juntas municipales y a la Liga Municipal Dominicana (LMD), expresa la comunicación.

 Agrega que las entidades centralizadas y descentralizadas del Estado, así como las corporaciones edilicias, se ven en la necesidad de gestionar un financiamiento ante el Banreservas para cumplir  ese compromiso.

 Señala que esos organismos se encuentran sujetos a las regulaciones previstas en la ley número 6-06, de Crédito Público, de fecha 20 de enero de 2006, y su reglamento de aplicación.

 El mandatario indica que de conformidad con el párrafo III del artículo tres de la citada ley, las referidas entidades no podrán endeudarse con el sistema financiero nacional sin la aprobación legislativa, cuando el vencimiento de dicho endeudamiento supere el ejercicio anual presupuestario.

 El primer artículo del proyecto de ley autoriza al Ministerio de Hacienda a otorgar la aprobación al Banreservas para que conceda a las entidades citadas los financiamientos hasta un monto de RD$750 millones.

 El proyecto fue sometido a estudio de la comisión de Hacienda del Senado.

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Condiciones

 Las condiciones del financiamiento serán un plazo de 11 meses, amortización en 11 cuotas mensuales  de capital e intereses y tasa de interés preferencial para el sector público.

  Repago

            Señala como fuente de repago las partidas presupuestarias asignadas en la Ley de Presupuesto del año 2011, correspondiente a cada institución. El artículo tercero dispone que la amortización de estos financiamientos será nula en el caso de que ocurra un cambio en el destino de estos recursos.

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