Penas prisión a inmigrantes no riñen con el derecho

Penas prisión a inmigrantes no riñen con el derecho

De los Servicios de Hoy. Sancionar con penas de prisión a los inmigrantes que vuelvan a entrar en el territorio de un Estado miembro infringiendo una prohibición de entrada, no es contrario al Derecho Comunitario, dictaminó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) 1 de octubre.

Según el ponente, el magistrado Bay Larsen, la Directiva 2008/115, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular, «no excluye la facultad de los Estados miembros de establecer sanciones penales contra los nacionales de terceros países en situación irregular que, tras haberse dictado contra ellos una decisión de retorno, entren de nuevo en el territorio infringiendo una prohibición de entrada».

En el caso enjuiciado, la Administración italiana dictó orden de expulsión contra un ciudadano albanés, acompañada de una prohibición de entrada por un período de tres años.

os años más tarde, el mismo ciudadano fue identificado por las fuerzas de seguridad italianas en la nación. Tras solicitar la Fiscalía una pena de ocho meses de prisión contra él, el tribunal del caso planteó una cuestión prejudicial ante el TJUE en la que preguntaba si la aplicación de una pena privativa de libertad podía vulnerar la citada Directiva 2008/ 115.

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