Pensiones servidores públicos  tendrían reajuste por inflación

Pensiones servidores públicos  tendrían reajuste por inflación

Todas las pensiones del Estado serían reajustadas anualmente por inflación, según dispone el proyecto de Pensiones de Reparto Estatal sometido al Senado por el Poder Ejecutivo, el cual establece este beneficio desde un 25% al 100% del sueldo devengado por el servidor público.

Los montos de las pensiones a los servidores del Estado serán indexados –reajustados por inflación- conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC), dispone la letra “a” del artículo 27 del proyecto.

La legislación expresa que, en caso de muerte, el Estado traspasará la pensión al cónyuge o compañero de vida, a los hijos solteros menores de 18 años y hasta los 21 si son estudiantes.

gualmente, por muerte del afiliado la pensión será entregada a los hijos discapacitados y a los padres en calidad de dependientes, establece el artículo 24 del proyecto.

El artículo 25 dispone que el régimen contributivo beneficiará al servidor del Estado con pensión por vejez, discapacidad y sobrevivencia, así como a través de seguro de salud, seguro de riesgos laborales, programas especiales para adultos mayores y servicios sociales para jubilados y pensionados.

Indexación.      El monto de la pensión por vejez estará determinado por el tiempo de servicio, la edad del afiliado y el promedio del salario cotizable aportado de los últimos 36 meses laborales, “indexado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC)”.

Así, según el artículo 27,   con 20 a 25 años de servicios en la administración pública y 60 años o más de edad, la pensión del servidor pública será de un 60% del promedio del salario cotizable de los últimos 36 meses laborados.

Con más de 25 y hasta 30 años de servicio y 60 años o más de edad, recibirá un 70%; con más de 30  y hasta 35 años de servicio y 60 o más años de edad, un 85%, y con más de 35 años en la administración pública, “la jubilación será automática  con un 90% de su sueldo.

El artículo 28 del proyecto establece que la pensión mínima por vejez equivaldrá al 100% del salario mínimo del sector público.

La pensión por vejez del Estado tendrá como límite máximo el equivalente a 15 veces la pensión mínima otorgada por el Régimen Contributivo, dispone el artículo 29.

Inicio.     El artículo 30 establece que el derecho al pago de la pensión por vejez de los afiliados activos comenzará a partir del día siguiente en que el interesado haya percibido el último sueldo como trabajador activo, “independientemente del momento en que la misma sea autorizada”.

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Monto de pensión

Con 20 y hasta 25 años de servicio y 60 años de edad, el empleado recibirá un 60% de su sueldo; con más de 25 y hasta 30 años y 60 años o más de edad, un 70%; con más de 30 y hasta 35 años y 60 años de edad, un 85%; y con más de 35 años de servicios, la jubilación será automática con un 90% del promedio del salario cotizable aportado de los últimos 36 meses, expresa el proyecto de ley del Poder Ejecutivo.

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