Perseguidos pueden elevar habeas corpus

Perseguidos pueden elevar habeas corpus

POR TANIA HIDALGO
Con el nuevo Código Procesal Penal una persona acusada de cometer algún hecho delictivo que se viere inminentemente amenazado de ser apresado puede interponer un recurso de hábeas corpus para de que cese la persecución. 

El presidente de las Salas Penales del Distrito Nacional, Francisco Ortega, al ser consultado sobre el tema, confirmó que la nueva legislación en su artículo 381 incluye la figura del hábeas corpus preventivo.

«Este artículo plantea que una persona sometida a una persecución irregular puede impetrar ante el juez para que conozca de esa persecución y el juez puede ordenar el cese de la persecución o rechazar el hábeas corpus, dependiendo de los argumentos presentados», precisó.

El artículo 381 indica  que «toda persona privada o cohibida en su libertad sin las debidas formalidades de ley o que se viere inminentemente amenazada de serlo, tiene derecho, a petición suya o de cualquier persona en su nombre, a un mandamiento de hábeas corpus con el fin de que el juez o tribunal decida, sin demora, sobre la legalidad de la medida de privación de libertad o de tal amenaza».

Refiere el artículo que no procede el hábeas corpus cuando existan recursos ordinarios o pueda solicitarse la revisión de las medidas de coerción.

Explicó, asimismo, el magistrado Ortega que bajo la nueva legislación han sido interpuesto tres recursos de hábeas corpus por ilegalidad de la prisión; uno en la Segunda Sala Penal, fijado para hoy y dos en la Primera Sala que serán conocidos  mañana.  

Agregó Ortega, presidente de la Primera Sala Penal del Distrito Nacional, que con la nueva legislación desaparecen los recursos de hábeas corpus en los que se alega falta de indicios.

De acuerdo con el artículo 386 en la audiencia de hábeas corpus, la cual no puede suspenderse por motivo alguno, el juez o tribunal escucha a los testigos e interesados, examina los documentos, aprecia los hechos alegados y dispone en el acto que la persona privada o cohibida en su libertad o amenazada de serlo, sea puesta en libertad o el cese de la persecución, si no han sido cumplidas las formalidades que este código establece. En los demás casos, rechaza la solicitud.

LABORES

Por otro lado, la fiscalía del Distrito Nacional remitió ayer a la oficina coordinadora de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional trece expedientes, de los cuales fueron apoderados a los jueces liquidadores.   

Mientras, los defensores judiciales de la Suprema Corte de Justicia comenzaron a trabajar con el nuevo código, al  participar en los interrogatorios practicados a varias personas en la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), quienes no tenían abogados.

De igual manera, solicitaron un recurso de hábeas corpus a favor de un extraditable que se encuentra recluido en la cárcel de Najayo, donde lleva un mes.

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