Pide a JCE sancionar dos encuestadoras violaron Ley 15-59

Pide a JCE sancionar dos encuestadoras violaron Ley 15-59

El pais. Presidedente de la Juta Central Electoral Julio Cesar Castaños Guzmán, en el Almuerzo Semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio.Hoy/Pablo Matos 21-11-2018

Participación Ciudadana (PC) solicitó ayer a la Junta Central Electoral (JCE) sancionar administrativamente a las empresas encuestadoras ASISA Research Group, e Instituto Dominicano de Estudios Aplicados, Mercadeo y Encuesta, por violación de la Ley 15-19 de Régimen Electoral, y apodere al Ministerio Público para que también ponga en movimiento la acción pública contra ellas.
En una denuncia formal hecha ante el organismo electoral, PC afirmó que ambas firmas violaron requisitos que deben ser cumplidos por las entidades y personas físicas dedicadas a realizar encuestas.
En el caso de ASISA, dijo que en una encuesta publicada en los medios y cuyo trabajo de campo realizó entre el 16 y el 19 de julio del año en curso, se puede verificar que en ningún lugar de la misma figura la denominación ni el domicilio de la entidad o persona física que encargó la realización de la investigación, en violación del artículo 200, Ordinal 1, de la Ley 15-19.
Agrega que en varias de las preguntas tampoco figura la cantidad de personas que no contestaron a cada una de ellas, con lo cual se viola el ordinal 3 del mismo artículo de la ley.
Respecto del Instituto Dominicano de Estudios Aplicados dio a conocer una encuesta hecha “ con auspicio de varios empresarios que colaboran con Ola sector Externo Luis Abinader” y no identifica a los empresarios, ni tampoco hace figurar cuántas personas no respondieron a varias de las preguntas, como lo manda el artículo 200, ordinal 3 de la ley, incurriendo en la misma violación que ASISA.
La Ley 15-19 Orgánica de Régimen Electoral prevé un régimen de sanciones para aquellas personas que violan sus disposiciones. Estas incluyen sanción administrativa consistentes en compensaciones pecuniarias, que debe ser aplicada por la Junta Central Electoral, de acuerdo con el artículo 279; prisión correccional de tres meses a un año y multa de uno a cinco salarios mínimos del sector público, dice el artículo 285.18 .

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