Pide más atención en prevención de riesgos

Pide más atención en prevención de riesgos

POR ALEIDA PLASENCIA
Si el país no enfrenta una serie de retos que tiene en materia de prevención de riesgos laborales, podría perder competitividad con relación a sus vecinos de Centroamérica, según la Secretaría de Trabajo.

Al pronunciar un discurso en el II Congreso de Riesgos Laborales, organizado por la Confederación Patronal, el ingeniero Odalis Ledesma, sub-secretario de Trabajo, sostuvo que en esta materia el país tiene grandes retos, entre ellos, disminuir progresivamente los accidentes laborales y las enfermedades profesionales, «de tal que  podamos contar con una fuerza laboral sana, motivada y productiva».

Otro gran reto, dijo, es apoyar la puesta en marcha en toda su capacidad, del Seguro de Riesgos Laborales y de las instituciones que lo soportan. Consideró que hay que poner atención especial a las acvidades productivas críticas por su perfil de riesgos, como la construcción, la agricultura, mares y puertos.

Planteó que hay que difundir por todos los medios la legislación relativa a este tema (riesgos laborales) y los instrumentos y herramientas actuales sobre la gestión de riesgos.

El ingeniero Ledesma consideró necesaria la capacitación constante de los recursos humanos, tanto del sector público, como de los que prestan servicios a empresas privadas. Se requiere, dijo, aunar voluntades y recursos para enfrentar estos retos y «juntos podemos hacerlo».

La política pública del país sobre prevención de riesgos laborales, recordó Ledesma, está contenida en numerosas leyes, decretos y resoluciones, así como en convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificados por la República Dominicana.

El Código de Trabajo del país, que data del 29 de mayo del 1992, es la ley marco que regula las relaciones laborales de la República Dominicana. Esta incluye el reglamento sobre Higiene y Seguridad Industrial, emitido el 30 de diciembre de 1966 el cual, «aunque está en la obsolescencia, todavía se encuentra vigente y en proceso de revisió y adaptación» informó.

Este reglamento establece, resalta Ledesma, los procedimientos que debe seguir la secretaría de Trabajo para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Igualmente establece las responsabilidades del empleador para garantizar un lugar saludable.

«De igual manera -señala- instituye las obligaciones de la empresa y el trabajador en el cumplimiento de normas de seguridad y salud». «Cabe señalar -añadió-, que la administración y gestión de riesgos laborales cambiaron radicamente en el país, a partir de la aprobación y puesta en vigencia de la Ley de Seguridad Social, la 87-01, y sus reglamentos y normas complementarios.»

En su artículo 185, dicha ley establece que el «Propósito del Seguro de Riesgos Laborales es prevenir y cubrir los daños ocasionados por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales».

Recuerda Ledesma que esta parte de la ley comprende «todo estado mórbido que el trabajador sufra con ocasión o por secuencia del trabajo que presta por cuenta ajena, e incluye los tratamientos por accidentes de tránsito en las horas laborables y/o en las rutas hacia o desde el centro de trabajo».

Recuerda también que en el artículo 185 esta ley establece que la secretaría de Trabajo definirá una política nacional de prevención de riesgos laborales, tomando en cuenta la seguridad del trabajador, las posibilidades económicas de la empresa y los factores sociales y culturales.

La charla de Ledesma fue sobre «La prevención de riesgos laborales como estrategia de productividad y competitividad».

Publicaciones Relacionadas