El anteproyecto de Ley de Libre Expresión y Medios de Comunicación establece que los poderes públicos velarán por la transparencia de las empresas informativas, a fin de asegurar el pluralismo y la diversidad en la comunicación social, procurando impedir la formación de oligopolios o la excesiva concentración de los medios masivos.
En el capítulo referente a la empresa informativa agrega la prohibición a las entidades bancarias a establecer, adquirir u operar medios de comunicación, tal como se establece en la Ley Monetaria y Financiera. Para tal aspecto, la Junta Monetaria del Banco Central y la Superintendencia de Bancos intervendrán sin demora ante infracciones de esta naturaleza.
La violación de esta disposición será sancionada con multas de 15 a cien salarios.
La nueva pieza fue elaborada por un grupo de juristas y comunicadores nombrados por el Poder Ejecutivo a los fines de actualizar las legislaciones vigentes en materia de comunicación. En el tema de la libertad de expresión, la ley actual es la 6132, que data del año 1962.
Del secreto profesional. En el anteproyecto se mantiene el respeto al secreto profesional, al indicar que se garantiza a los periodistas el derecho a reservar sus fuentes de información, aún en los casos en que sean llamados a declarar como testigos ante cualquier autoridad judicial o extrajudicial. El director deberá requerir, bajo reserva, para fines legales, la identificación personal de los colaboradores que utilicen un seudónimo.
El incumplimiento de esta obligación conllevará sanciones penales y civiles.
En caso de que un artículo no firmado o firmado con un seudónimo sea considerado como difamatorio o injurioso, el agraviado requerirá al director la revelación de la identidad del autor. Si el director se negare, será perseguido como responsable de la alegada difamación e injuria.
Prohibiciones. La pieza prohíbe, tal como la Ley 6132, la publicación de los debates sobre procesos por declaraciones de paternidad, separación de parejas por adulterio, así como de procesos de aborto.
Esta prohibición no se aplica a las sentencias, las cuales podrán publicarse siempre.
Derecho de publicación. El anteproyecto consigna que la publicación de diarios o escritos periódicos, así como la creación de agencias informativas, no requerirán ningún tipo de autorización.
También que toda publicidad que se haga en los medios impresos en forma de noticia con fines comerciales, se identifique como espacio pagado.
Las claves
1. Ley Monetaria
La iniciativa se pone a tono con la Ley Monetaria en lo relativo a que entidades bancarias no pueden operar medios de comunicación.
2. Intimidad
También mantiene la prohibición de los debates judiciales para decidir asuntos de paternidad, de divorcio por adulterio y de aborto.
3. Publicación
Además garantiza el derecho a la publicación de diarios o escritos periódicos.