Pleito de los ayuntamientos

Pleito de los ayuntamientos

PEDRO GIL ITURBIDES
La Secretaría de Estado de Interior y Policía pide a los cabildos del país, un informe sobre la ejecución presupuestaria del año pasado. Por el inusual tono de la solicitud se evidencia que se alude a los gastos con cargo al

subsidio del gobierno central en el 2005. La ley 166-03 establece los montos porcentuales en tres áreas hacia las que deben destinarse esos recursos. Es probable que el doctor Franklyn Almeyda Rancier, titular de esa Secretaría de

Estado, piense que esa ley es inobservada.

Pero escogió un procedimiento inadecuado para determinar si son valederas sus aprensiones. Conforme al derecho administrativo, la Secretaría de Estado de Interior y Policía es el departamento del Poder Ejecutivo para el despacho de los asuntos del gobierno interior de la República. El despacho

de tales asuntos tiene lugar a través de las gobernaciones de las Provincias y los gobiernos locales. Pero éstos constituyen una expresión institucional yuxtapuesta en la estructura del Estado.

De ahí que Juan Pablo Duarte los concibiese en su conjunto, como un Poder del Estado. Porque la soberanía se configura en el Estado Nacional. Y éste cobra forma institucional en el Gobierno Dominicano. Este es la estructura jurídico-política de la Nación. Pero como parte del Gobierno Dominicano

tenemos al gobierno central y a los gobiernos locales. Aquél, a su vez, por concesiones a la descentralización, ha constituido entidades descentralizadas y autónomas.

Quizá debido a ello la Federación Dominicana de Municipios enfrenta lo que supone constituye un reclamo de corte político. La verdad es que esa Secretaría de Estado no está más facultada que un ciudadano particular, para efectuar indagatorias sobre las cuentas de los Cabildos. Esta obra de

fiscalización es privativa de la Liga Municipal Dominicana (LMD), de la Contraloría General de la República (CGR) y de la Cámara de Cuentas de la República (CCR). El Secretario de Estado de Interior y Policía, como los demás Secretarios de Estado, y otros departamentos del gobierno central, deben inquirir a cualesquiera de esos órganos fiscalizadores sobre la ejecución presupuestaria de los gobiernos locales. Esto es lo correcto.

El órgano primario para fiscalizar las cuentas de los gobiernos locales lo es la LMD. No fue siempre de tal modo, pues la Liga se fundó con un carácter asociativo, similar al propio de la Federación de Municipios. Factores relacionados con el tipo de gobierno que encabezó Rafael L. Trujillo,

tornaron a este organismo un ente de servicios y controles diversos. Sin embargo, es el comportamiento de ediles al advenir la democracia, lo que determina que se volviese entidad fiscalizadora.

La ley que otorgó esas facultades a la LMD, de 1965, es clara en su parte enunciativa. La autonomía de los Cabildos, dice, debe mantenerse. Empero, está supuesta a ser un bien jurídico aprovechable sin desmedro del propio objeto de la autonomía.

Anteriores en tiempo y sentido institucional son la Cámara y la Contraloría. Desde los días iniciales de la República, cuando aquella se denominaba Consejo Administrativo para seguir pautas de la legislación española, la Cámara fiscalizaba las cuentas locales. Con el paso de los

años, y sobre todo a partir de 1928, la CGR, como auditor interno del Gobierno Dominicano, se estableció como fiscalizador de los Cabildos. Como también de toda entidad, pública o privada, que recibiese un centavo del tesoro nacional.

De hecho, a partir de 1942, la Cámara se nutría de información financiera sobre los Ayuntamientos y Juntas de Distritos Municipales, de la Contraloría. Es, a partir de 1980 cuando la Cámara reasume las funciones que les son naturales y, aunque con lenta evolución, trasciende el desteñido papel que le asignara la política. Pero, son, tales tres estamentos fiscalizadores, las fuentes de información a que puede acudir la Secretaría de Estado de Interior y Policía para averiguar qué hacen los Cabildos con los subsidios del gobierno central.

Lo demás es bravata con sentido partidista destinada a ver cómo pelean los ejecutivos y otros funcionarios de los Ayuntamientos. Y con éstos, los de las Juntas de Distritos Municipales.

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