Pleno de la Cámara de Cuentas justifica cobro regalía pascual

Pleno de la Cámara de Cuentas justifica cobro regalía pascual

El pleno de la Cámara de Cuentas (CC) negó ayer que sus miembros hayan violado la Ley de Función Pública, 41-08, al disponer el cobro de la regalía pascual.

En un comunicado que se publica como espacio pagado en esta edición, el organismo explica que el artículo 2 numeral 1 de la citada ley excluye a esa dependencia de su ámbito de aplicación.

“Artículo 2.-Quedan excluidos de la presente Ley: Quienes ocupan cargos por elección popular: Los miembros de la Junta Central Electoral, los miembros de la Cámara de Cuentas. Por vía de consecuencia, a los miembros de la Cámara de Cuentas no le es aplicable las disposiciones del artículo 58 inciso 4 sobre regalía pascual y su propor cionalidad”, agrega el documento.

Los jueces de la Cámara de Cuentas han vuelto a ser centro de una polémica pública, tras su decisión de cobrar RD$422,500 por concepto de regalía, sin haber tenido el tiempo suficiente para optar por el mismo. Nombrados por el Senado el  7 de octubre y juramentados dos días después.

Agrega el documento que al ser la propia ley la que establece la exclusión de sus miembros, queda claro que  no están sujetos a los plazos legales y tiempos mínimos requeridos a los servidores, funcionarios, y/o empleados que rinden una labor remunerada en los sectores público o privado.

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No hay violación

El Pleno del organismo afirmó que al tomar completa la regalía pascual lo hicieron apegados a lo establecido por la Ley de Función Pública,  41-08, y al reglamento interno de la institución.

Sin proporción

Precisa el informe que en vista de la exclusión que establece el artículo 2 de la Ley 41-08 por vía de consecuencia, a los miembros de la Cámara de Cuentas no le son aplicables las disposiciones del artículo 58, inciso 4, sobre regalía pascual y su proporcionalidad.

Para todos

Además de los miembros, el pago de la regalía se hizo extensivo a todos los funcionarios y  empleados, incluyendo aquellos que han sido separados de la institución.

Reglamento  no contempla proporción

En otra parte del comunicado, el  pleno de la Cámara de Cuentas precisa también que el artículo 10 del reglamento interno del organismo tampoco contempla la aplicación de la proporcionalidad de la regalía pascual para sus miembros.

Indica que el artículo 33 de dicho texto ha sido erróneamente utilizado para sustentar jurídicamente la aplicación de plazos mínimos a funcionarios no sujetos a dichas regulaciones, y que  lo propio dispone el Código del Trabajo.

Cobraron todos

El organismo reveló que además de los jueces, el pago de la regalía se hihizo extensivo a todos los funcionarios y  empleados, incluyendo aquellos que han sido separados de la institución.

“De ahí que la retribución recibida por todos está en consonancia con los esfuerzos que se realizan en aras de desterrar el estado de cosas encontrado y en apego a las disposiciones de los incisos 1 y 2 del artículo 68 del reglamento interno”, señalan.

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