Pólizas de Segna quedarían canceladas

Pólizas de Segna quedarían canceladas

Todas las pólizas de la compañía SEGNA.S.A. automáticamente quedarían canceladas con fecha 30 del presente mes, cuyos clientes deben asegurar sus propiedades en otras aseguradoras y previamente recibir de la empresa liquidada el dinero correspondiente a las primas pagadas y no devengadas, dijo ayer una fuente bien informada del sector.

Explicó que cuando una compañía de seguros es intervenida por las autoridades, como acaba de pasar con SEGNA S.A, todas las pólizas de ésta automáticamente quedan canceladas. Dijo poseer el dato de que en este caso todas las pólizas quedan canceladas al 30 de noviembre en curso.

La Superintendencia de Seguros informó el pasado miércoles que revocó ese mismo día la autorización que le había otorgado a SEGNA, por considerar que dicha empresa carece de liquidez, y que por tanto, decidió intervenir como liquidadora de la referida compañía.

Al ser consultada al respecto, una fuente que conoce todos los detalles de cómo opera el sector seguro y las normas que lo regulan, dijo a esta reportera que en este caso, la proporción no devengada y pagada de las primas, por parte del cliente debe ser devuelta en dinero a éste.

Por ejemplo, un cliente que haya pagado una prima hasta el 30 de enero del próximo año, hay que devolverle la proporción equivalente al tiempo que falta para vencerse la póliza, que sería del 30 de noviembre del 2003 al 30 del primer mes del 2004, explicó.

Dijo que en el caso de un cliente que haya contratado la póliza a través de un corredor de seguros, ese profesional está en la obligación de preguntarle a él como adquiriente de la prima, con qué compañía de desea obtener el servicio de seguro, a los fines de hacer el traspaso correspondiente.

«Los que tienen intermediarios (corredores de seguros) no tienen inconvenientes, porque éstos se encargan de hacer el traspaso, pero el que no los tiene, debe hacer gestiones directamente con la compañía liquidada (SEGNA S.A.)», explicó.

En el caso de un cliente que no tiene los servicios de un corredor de seguros, le recomendó hacer la gestión ahora para su traspaso.

SEGNA S.A, al ser intervenida por las autoridades, estará administrada por una comisión designada por la Superintendencia de Seguros, sostuvo.

Por ello, los clientes de SEGNA S.A tienen que ir a reclamar donde esa comisión, añadió el informante.

Con relación a las personas que tienen viviendas u otros bienes raíces asegurados con SEGNA S.A., a través de financiamientos con bancos o asociaciones de ahorros y préstamos, les aconseja que los prestatarios vayan o llamen a esas entidades que les otorgaron los préstamos y les pregunten con qué aseguradora les están colocando sus pólizas.

O sea, los bancos lo que deben hacer es traspasar las pólizas de sus clientes de SEGNA a otras compañías de seguros, según lo explicado.

En el caso de herederos de alguien que murió y que había financiado una vivienda, cuya póliza de vida fue contratada a través de SEGNA S.A., la fuente consultada dice que éstos no experimentarán pérdidas, ya que las autoridades que manejan la compañía liquidada tienen que pagarles el inmueble al banco.

No obstante, quienes podrían enfrentar problemas serían las personas que tienen situaciones de reclamos que estén en los tribunales, dijo y citó los casos específicos de compromisos cuyos montos todavía no están determinados por los tribunales.

En ese sentido refirió, como ejemplo, el choque de un vehículo, o una fábrica que se quemó, cuyos montos a pagar por la aseguradora tendrían que decidirlos los tribunales.

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