Ponderan primera medida de protección al sector productivo nacional

Ponderan primera medida de protección al sector productivo nacional

La República Dominicana ha establecido salvaguardias generales a las importaciones de sacos de polipropileno y tejido tubular, las cuales constituyen la primera medida de este tipo en el país para proteger al sector productivo nacional, según un informe recibido por la sección Economía de Hoy.

  La decisión fue tomada por la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardias de conformidad con la Ley No.1-02 y acorde a las disposiciones del Acuerdo de Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

La resolución, publicada a finales de marzo, establece aranceles provisionales del orden del 38% ad-valorem para que sean aplicados por un plazo de 200 días a partir del primero de abril de 2010, mientras la misma concluye la investigación para la aplicación de una medida de salvaguardia definitiva.

Esta medida provisional ha de aplicarse a todas las importaciones independientemente de su país de origen. Los principales países que exportan sacos de polipropileno y tejido tubular hacia la República Dominicana, a los fines de esta investigación, son Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Honduras, China y Taiwán.

La RD ha ejercido el derecho que le confiere el Artículo 58 de la Ley  01-02, así como el Articulo II del Acuerdo de Salvaguardias de la OMC para aplicar una medida de salvaguardia a un producto por haber determinado que  las importaciones de ese producto  en nuestro territorio han aumentado  en tal cantidad, en términos absolutos o en relación con la producción nacional y se realizan en condiciones tales que causan un daño a la rama de producción nacional de bienes similares y directamente competidores.

En adición a este caso, la Comisión realiza actualmente investigaciones adicionales, solicitadas por los productores nacionales de calcetines, papel, lavamanos e inodoros contra importaciones masivas de diversos orígenes.

La Comisión labora con una agenda intensa en la investigación de todos los casos que actualmente preocupan a la producción nacional.

La Comisión Reguladora, designada por Decreto del Poder Ejecutivo No. 43-08 del 23 de enero de 2008, tiene a su cargo la aplicación de la Ley No.1-02 sobre Prácticas Desleales de Comercio y Medidas de Salvaguardia del 18 de enero de 2002.

  Esta Comisión fue ratificada por el Senado de la República el 22 de abril de 2008 y por la Cámara de Diputados el 26 de junio y juramentada por el Excelentísimo Presidente de la República, Dr. Leonel Fernández, el 17 de septiembre de 2008.

La Ley No.1-02 tiene por objeto establecer las normas y lineamientos a ser observados con respecto a la aplicación de derechos antidumping, derechos compensatorios y medidas de salvaguardias orientadas a prevenir o corregir los daños causados o que amenacen ser causados por prácticas desleales en el comercio internacional o por incrementos significativos de las importaciones en República Dominicana. 

En la citada     legislación quedó establecido un marco legal del más alto interés para el sector productivo nacional, adquiriendo mayor importancia estratégica conforme el país continúa su agresiva inserción en los mercados internacionales a través de la negociación de acuerdos de libre comercio y demás iniciativas de carácter regional y multilateral, siendo la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardias el organismo encargado de su aplicación. 

La cifra

38 Por ciento. Fue el arancel establecido para las importaciones de saco de polipropileno y tejido tubular. La medida  concluye la investigación para la aplicación de una medida de salvaguardia definitiva.  La decisión fue tomada por la Comisión Reguladora de Prácticas Desleales en el Comercio y sobre Medidas de Salvaguardias de conformidad con la Ley No.1-02.

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