Por qué identificar, registrar y documentar a extranjeros

Por qué identificar, registrar y documentar a extranjeros

Se debe hacer un esfuerzo extraordinario y tomar acción de una vez y para siempre para registrar, documentar y proveer de identificación a los descendientes de extranjeros, primariamente haitianos, sea cual fuere su estado migratorio, si han vivido en territorio dominicano por cinco años o más.

 El hecho de tener la condición de legítima seguridad,  sería la forma de certificar y asegurar la participación consciente y confiable para que los vástagos puedan tener educación, salud y los beneficios sociales para fines prácticos y legales para todos  los que vivimos en esta tierra de Dios.

La promulgada Ley 285-04 es inconsecuente con la opinión arriba vertida. Esto es así en cuanto a la indefinición del estado de los niños de padres haitianos nacidos antes de su  promulgación; pues se  entiende que las leyes no tienen aplicación retroactiva. Como bien se sabe, esta pieza legislativa, Ley 285-04, no ha servido para delinear, concretar, dar un estado verdadero y de concluyente ordenamiento que sirva de manera plena y cabal de derecho civil de los nacidos en territorio dominicano. Por tanto, hay que identificar, registrar y documentar a extranjeros que viven  en el país y dar  carácter de nacionales a sus hijos si los padres han residido continuamente aquí por más de cinco años.

Hay un número considerable de inmigrantes en el país, mayormente haitianos. Muchos de estos constituyen un conglomerado de seres humanos desprovistos de documentación e identificación.  Estos están vivos, pero en realidad no existen; pues, están en condición irregular. Se puede estar en una situación irregular en un territorio ajeno a su patria de origen o de su nacionalidad; sin embargo, no se puede “conscientemente” sostener que quien cohabita, trabaja en actividades productivas, está en relación conyugal y procrea vástagos durante cinco, diez, veinte o cincuenta años “está en condición de tránsito”   como pretenden afirmar las autoridades del país. Decir  y sustentar esto es un adefesio, un mamotreto de excusas posiblemente debido a la actitud conservadora por causa de la inseguridad personal, grupal o nacional. La inseguridad toma cariz de intolerancia, prejuicio y xenofobia que imperan en el pensamiento y sentimiento desvirtuado de dignidad humana. Es por eso ciertamente el porqué de la indefinición de otorgar la nacionalidad de los descendientes de haitianos nacidos en el país como nacionales “IUS SOLI”. Esta incongruencia está latente en su proceso y paulatinamente crea un creciente problema que se hace más difícil de encarar y resolver. Tomando en consideración lo antes dicho, hay la apremiante conveniencia de asegurar que toda persona que vive en el país debe estar provista de documentaciones oficiales. Es mejor proporcionar identificación apropiada a cada haitiano o extranjero que tenga cinco años o más residiendo en el país, que dejarlos como “no conocidos” o “no existentes”; pues esta es una condición absurda.

El crecido número de  inmigrantes de Haití que están en territorio dominicano tiene marcada  incidencia en la vida y el desenvolvimiento productivo de riquezas. De hecho, esto se está  haciendo en lo laboral y lo económico; sin embargo, muchas veces  cuando la  presencia  y  la  mano de obra de los inmigrantes haitianos son vistas y usadas  en condición irregular y de incertidumbre, se hace precario, vergonzoso, anti-humano y faltante de dignidad y de justicia. Si todos los extranjeros en el país están debidamente registrados y tienen documentación e identificación personal, su estado de situación será mejor para determinar la dominicanidad de los que residen en el país y así saber de forma concreta quiénes son de otras nacionalidades presentes en la nación. Con lo anterior dicho en mente, los descendientes de haitianos que viven en territorio dominicano y tienen identificación clara y legal, serán personas socialmente  físicas compartiendo el desarrollo y sostenimiento de la nación dominicana. Cuando esto es logrado, su estadía y condición legal les permitiría ser parte visible, real y colaboradora de esta sociedad.

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