Por una democracia electoral; aspectos complementarios

Por una democracia electoral; aspectos complementarios

La Ley de Partidos y la Electoral deben servir para impulsar cambios que fortalezcan la democratización y el adecentamiento de nuestros procesos comiciales.  A criterios señalados en nuestro artículo anterior, deben añadirse las innovaciones siguientes:

1.-Debe definirse que los cargos electivos son de los partidos  o agrupaciones políticas, no de los individuos en particular, sin limitar su libertad de criterio.

Sus titulares los perderían si se postulan o apoyan a candidatos  contra sus organizaciones, para combatir el transfuguismo.

2.-Se ha salvado el llamado poder municipal, que reivindicara Duarte en 1844, por lo menos antecediendo en tres meses la celebración de las elecciones nacionales.   Gracias a esa separación gran parte de los grandes municipios del país los alcaldes elegidos en el 2002 y 2006 no lo fueron por arrastre de las  candidaturas  nacionales.

3.-La juventud debe ser incorporada más plenamente a los procesos políticos dominicanos. Para lo cual debiera reservárseles la décima parte de los diputados y regidores.

También debiera permitirse votar a los jóvenes con más de 16 años que hayan completado diez años de escolaridad.

4.-El máximo organismo político de los partidos podría reservarse la nominación de un 15% de las candidaturas congresuales y hasta el 20% de las municipales para dirigentes calificados que puedan defender las posiciones del Partido en esos organismos de gobierno,  más aquellas que sean pactadas para organizaciones aliadas antes de la celebración de las Primarias, sin poder delegar esa función.

5.-Hay que limitar las  largas y costosas campañas electorales, regulándolas más efectivamente, reduciendo a tres meses los períodos electorales sin limitar el libre ejercicio de la democracia, sobre todo porque ahora también habrán dos niveles de elección municipal (de autoridades de municipios y de distritos municipales). 

Esa relativa autonomía política de lo local debe ser fortalecida.

6.-La elección de los vocales de los distritos municipales debería hacerse de tal manera que el más votado sea integrado como Regidor al Concejo  de sus municipios, para que no se produzca con estos una doble representación,  tal  como la actualidad.

7.-Los candidatos a las posiciones unipersonales Presidente y Vicepresidente, Senadores y Alcaldes deben presentar sus propuestas al electorado en debates públicos, las que han de  ser cumplidas en caso de ser electos, salvo casos de fuerza mayor.

8.-Deben prohibirse totalmente las manifestaciones públicas, propaganda visual o electrónica, hasta  tres meses antes de las elecciones generales.

9.-Los titulares de cargos públicos que sean candidatos, no deben participar en actos oficiales  públicos mientras dure la campaña electoral.

10.-Los delitos electorales graves, como el uso de fondos públicos, la creación de desórdenes, el fraude electoral, la compra de cédulas  o votos y el impedimento de ejercer el sufragio, se debe castigar con altas multas y el rechazo de candidaturas, aparte de los castigos penales que correspondan. Para perseguirlos,  se debe designar a un fiscal especial por designación de la Cámara de Diputados.

Estos aspectos y los criterios básicos ya comentados fortalecerían la democracia dominicana en su componente electoral.

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