PRD deposita instancia de revisión designaciones funcionarios en 23 Juntas Municipales Electorales

PRD deposita instancia de revisión designaciones funcionarios en 23 Juntas Municipales Electorales

El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) depositó una instancia de revisión ante la Junta Central Electoral (JCE) relativa a la designación de algunos funcionarios en 23 Juntas Municipales Electorales del país.

Mediante documento dirigido al Pleno de la Junta y depositado por su representante legal, doctor José Miguel Vásquez, el PRD detalla los nombres, posiciones y municipios donde formula esas revisiones.

Estas Juntas corresponden a los municipios de Arenoso, Cristóbal, Distrito Nacional, Duvergé, Santo Domingo Oeste, Santo Domingo Este, El Factor, Fundación, Guayabal, Jarabacoa, Jima, Las Guáranas, Licey al Medio, Monte Plata, Oviedo, Pedro Brand, Peralta, Polo, Sabana Grande de Palelenque, Sánchez, Tábara Arriba, Villa Isabela, y Yamasá, respectivamente.

En el escrito explican que todo dominicano tiene derecho a formular peticiones a los poderes públicos para solicitar medidas de interés público, para promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva.

Agrega que la JCE como institución rectora de la administración Pública, especializada sobre la materia electoral, “está sujeta en su actuación a los principios de jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado”, y que la ley regula lo relativo a la materia, mediante el Artículo 138 de la Constitución.

El PRD sostiene que el artículo 45 de la ley Orgánica electoral establece que “se deberá nombrar a afiliados (no activistas) de dos o más partidos políticos reconocidos, de tal modo que ninguno de éstos tenga mayoría de votos en la Junta”.

La instancia del PRD explica que, “Sin embargo, no necesariamente es nuestro interés impugnar en su totalidad alguna Junta, por lo que hemos sido específicos en atacar posiciones y actores de manera selectiva, sin afectar la integración completa, sino los cargos cuya modificación conviertan la Junta Municipal en licita y legal, al realizar una mejor distribución de las posiciones”.

Señala que, como recurso administrativo, “la presente impugnación implica volver a estudiar las composiciones de estas Juntas en aras de transparentar el proceso electoral venidero, a los fines de enmendarla para convertirla en órganos equilibrados y confiables al momento de emitir los resultados”.

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