El PRD se querelló ayer ante la Suprema Corte de Justicia contra los jueces Mariano Rodríguez, Leyda Piña y Jhon Guiliani, de la Cámara Contenciosa de la JCE, por el caso de la senaduría de Pedernales.
El Partido Revolucionario Dominicano se querelló ayer ante el presidente de la Suprema Corte de Justicia contra los jueces Mariano Rodríguez, Leyda Piña y Jhon Guiliani, presidente y miembros de la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral, por considerar que incurrieron en falsedad en escritura pública y prevaricación al emitir el auto 006/2010, sobre la elección de la senaduría por Pedernales.
Solicitó al presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, que declare buena y válida la querella, dar inicio a las investigaciones de lugar, poner en marcha la acción pública a instancia privada, a fin de que sea apoderado el juez de instrucción.
Asimismo, el PRD pide que el juez eventualmente apoderado imponga a los imputados medidas de coerción que oportunamente solicitarán, y que constituidos los querellantes en actores civiles también reclamarán a los co-imputados el pago solidario de la suma de RD$321 millones 890 como reparación por daños morales y materiales y hacen reservas contra aquellos que a lo largo del proceso de investigación pudiere determinarse que están relacionados con los hechos que se basa la querella
El abogado de los querellantes, Ramón Emilio Concepción, expone que los magistrados se negaron a reconocer una serie de irregularidades y violaciones en los cómputos de la elección de la senaduría de Pedernales, y advierten que no se puede juramentar el supuesto senador por el Partido de la Liberación Dominicana, so pena de caer en sanciones previstas por el Código Penal.
La querella imputa a los jueces los delitos de crímenes de falsedad en escritura pública; asociación de malhechores; atentado a la libertad cometido por funcionarios públicos; coalición de funcionarios públicos y prevaricación, previstos y sancionados en los artículos 145, 146, 147, 265, 266, 114, 123, 124, 126, 129, 166, 167 y 183, del Código Penal.