Presidente crea Consejo Seguridad

Presidente crea Consejo Seguridad

POR ELVIS LIMA
El presidente Leonel Fernández creó anoche, mediante decreto, el Consejo Nacional de Seguridad, cuyo fin es elaborar políticas y diseñar acciones contra el crimen organizado, en especial el narcotráfico, el tráfico humano y de armas. La medida del mandatario está contenida en el decreto 315-06, que también establece que dentro de un plazo no mayor de 45 días el organismo deberá presentar al Poder Ejecutivo un proyecto de reglamento para su funcionamiento.

El artículo dos de dicho decreto, establece que es facultad del consejo, asesorar al jefe de Estado en los asuntos relativos a la seguridad, así como realizar la coordinación interinstitucional para el diseño de estrategias de seguridad.

También es competencia del consejo, servir de soporte para la aplicación del Plan de Seguridad Democrática, planificar, producir y evaluar la inteligencia interinstitucional para la prevención del crimen.

Otro de los artículos establece que el Consejo estará integrado por el secretario de Interior y Policía, quien lo coordinará, el secretario de las Fuerzas Armadas, el procurador General de la República, el jefe de la Policía Nacional y el director del Departamento Nacional de Investigaciones (DNI).

También forman parte de dicho organismo, los presidentes del Consejo y de la Dirección Nacional de Control de Drogas, así como el asesor del Poder Ejecutivo para el programa de lucha contra el narcotráfico.

REGLAMENTO BOMBEROS

Por otra parte, el Poder Ejecutivo creo, mediante el decreto 316-06, el reglamento que busca establecer la estructura, competencia, organización y funcionamiento de los cuerpos de bomberos del país.

El artículo tres de dicho decreto establece que a partir de ahora los uniformes, emblemas, insignias y escudos que usan los bomberos no podrán ser iguales a los de los militares y policías.

También prohibe  que dichas prendas sean usadas por ninguna otra persona, organización o entidad y advierte que el que lo haga será declarado como usurpador de funciones públicas.

Asimismo, establece que en cada municipio deberá funcionar un  cuerpo de bomberos con un número no menor de cinco miembros.

Precisa además que cada centro debe tener una estructura de mando con un intendente general, oficial, supervisor, oficial investigador, miembro y voluntario.

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