Presidente suprime tres instituciones del Estado, incluyendo al CONARE

<STRONG>Presidente suprime tres instituciones del Estado, incluyendo al CONARE</STRONG>

El Poder Ejecutivo suprimió el Consejo Nacional de Reforma del Estado (CONARE), el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ) y la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma  Procesal Penal (CONAEJ), por considerar que cumplieron la misión para la cual fueron creados.

La medida está contenida en el decreto 545-12,  emitido la noche de este viernes por el presidente de la República, Danilo Medina Sánchez.

La disposición gubernamental establece  que los ministerios de  la Presidencia y de Administración Pública, procederán a la reubicación, si aplica, del personal que actualmente labora en dichas instituciones, tomando en consideración sus perfiles y competencias, en un plazo no mayor de 60 días.

El decreto indica que los planes y programas que se encuentran en ejecución en el  CONARE, CARMJ y  el CONAEJ,  serán asumidos por los ministerios de la Presidencia y de Administración Pública, según corresponda.

A través de la medida gubernamental, el Poder Ejecutivo transfiere al Ministerio de la Presidencia los bienes inmuebles, espacios físicos y activos que tengan en usufructo las instituciones suprimidas.

Asimismo,  establece que los  pasivos para los cuales estas entidades tengan asignaciones y/o apropiaciones presupuestarias disponibles o en curso  de asignación, serán evaluados por los ministerios de  de Hacienda y de la Presidencia, y de proceder,  serán pagados con fondos asignados.

La disposición gubernamental también indica que los pasivos para los cuales estas entidades no tuvieran asignaciones y/o apropiaciones presupuestarias disponibles o en curso, pasarán al Ministerio de Hacienda para su evaluación.

 “Quedan derogados el decreto número 27-01, del 8 de enero del 2001; el decreto 231-09, del 14 de marzo de 2009; el decreto número 22-98, del 12 de enero de 1998; el decreto número 420-02, del 6 de junio de 2002 y el decreto número 1154-04, del 9 de septiembre del 2004”,  establece el artículo siete de la medida presidencial.

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