Prestol aboga reducir periodo para demandar por difamación

Prestol aboga reducir periodo para demandar por difamación

POR ODALIS MEJIA
El jurista y periodista Miguel Angel Prestol urgió una reforma legislativa que reduzca el margen de tres años para el inicio de una persecución fundada en un alegado delito de difamación e injuria como establece el Código Procesal Penal. Dijo que con esto se evitaría exponer a los medios y a las investigaciones periodísticas a “innecesarias y permanentes persecuciones judiciales”.

Consideró como alarmante que un periodista tenga que escribir un trabajo esté expuesto a que durante tres años pueda ser objeto de una acción judicial al destacar que en Francia, país origen de la legislación dominicana, la prescripción es de tres meses.

Señaló que en relación a los delitos de prensa, la doctrina justifica una corta prescripción en el hecho de que un término razonable es suficiente para reclamar que se reprima o se indemnice una lesión al honor, puesto que los medios de comunicación no deben ser puestos en riesgo de afrontar reacciones tardías que se constituirán en perturbaciones a la libertad de prensa. Prestol manifestó que aunque el artículo 61 de la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento establece un régimen de prescripción de dos meses, esto queda derogado con el artículo 45 del Código Procesal Penal que dispone tres años.

Indicó que si bien es cierto que hasta ahora los tribunales dominicano no han reparado en esta contradicción, la cuestión empieza a tonarse polémica entre abogado defensores, tras advertir que esa controversia puede alcanzar en la Corte de Casación una definición adversa para los medios de comunicación, por lo que se impone, sin tardanza, una intervención legislativa.

Prestol expuso el tema “Garantías legales y limitaciones para el periodismo de investigación”, durante el seminario “El derecho a la información pública, la difusión del pensamiento: herramienta de combate a la corrupción”, organizado por el Movimiento Cívico Participación Ciudadana, el Colegio Dominicano de Periodistas.

El jurista consideró que tanto en su contenido como en su aplicación la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento debe operar, si no propiamente como un seguro o protección especial de la investigación periodística, al menos como una garantía al ejercicio de un periodismo sin condicionamientos injustificados, como corresponde a toda sociedad democrática.

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