Principios a la medida

Principios a la medida

FABIO RAFAEL FIALLO
En nuestro articulo anterior explicamos que en varias ocasiones fuera de la contienda de 1965, el inspirador y líder máximo del movimiento constitucionalista, es decir, Juan Bosch, dando muestra de una amplia elasticidad en los principios, llegó a promover compromisos políticos de naturaleza similar al que se hubiera podido alcanzar en 1965 entre grupos beligerantes, antes de la infamante intervención norteamericana, mediante el establecimiento de una junta provisional llamada a preparar nuevas elecciones en el país.

Recordamos que en 1978, ante la negativa de Balaguer a acatar el resultado de las urnas (resultado favorable al rival político de Bosch, el PRD), Bosch no se suma al resto de la oposición dominicana y a líderes internacionales de izquierda, quienes reclaman al unísono que se reconozca sin ambigüedad y sin condiciones el triunfo del PRD, sino que propone “una negociación entre dominicanos” en lugar del respeto puro y simple del veredicto de las urnas (como él lo exigía a su favor en 1978 (favorable, repito, a su rival el PRD) era tan sólo la consigna “que le convenía a la intervención política norteamericana”.

Vale la pena preguntar entonces, amable lector, ¿por qué el Profesor y quienes dirigían el movimiento constitucionalista en su ausencia y en su nombre no manifestaron en los inicios de la insurrección de abril de 1965, antes pues de la intervención norteamericana, el mismo espíritu de negociación y de compromiso por el que con tanto ahínco Bosch abogó en 1978? ¿Por qué el veredicto de la voluntad popular sí es negociable en 1978, cuando dicho veredicto es favorable al PRD adversario de Bosch, pero no puede dejarse suspendido a nuevos comicios en 1965? ¿Por qué el respeto de la voluntad popular se ve reducido por el Profesor a la categoría de simple “consigna” en 1978, “consigna” que por añadidura (según Bosch) “convenía a la intervención política norteamericana”, en tanto que había llegado a ser una exigencia sacrosanta en los inicios de la insurrección de abril (hasta la tarde del 27 de abril, como explicamos en un artículo anterior), cuando el beneficiario de dicha voluntad popular era el Profesor?

¿Por qué, por otra parte, no fue moralmente cuestionable proponer, como hizo Bosch en 1961, un gobierno “de concentración nacional” en que tomaría parte Ramfís Trujillo, pero si hubiera sido inaceptable en 1965 la idea de una junta provisional en la que hubieran coexistido militares de los dos bandos rivales de la época?

Dicho de otro modo, caro lector, ¿es coherente enarbolar principios y justificar posicionamientos políticos con la ayuda de un doble rasero moral, ajustable con precisión milimétrica, cual un traje confeccionado a la medida, en función de conveniencias momentáneas?

Valga una aclaración: no pretendo en lo más mínimo banalizar o relativizar el carácter impugnable y trágico de la quiebra del orden constitucional que produjo el funesto golpe de Estado de 1963, ni menos aún trato de negar la necesidad insoslayable que existía en 1965 de encarrilar de nuevo el país por el sendero de una constitucionalidad reflejo de la voluntad popular.

Lo que aquí hago es plantear un problema de orden lógico: no se puede por un lado considerar negociable el resultado del sufragio popular de 1978, e incluso tratar de desvalorizar como hizo Bosch llamamientos al respeto de dicho resultado, arguyendo que eso era lo que “convenía a la intervención política norteamericana”, y por el otro, excluir en 1965, en nombre de la constitucionalidad, una solución negociada tanto antes del estallido de abril, cuando el Pacto de Río Piedras rechazaba el principio mismo de nuevas elecciones, como al inicio de dicho estallido, cuando el liderazgo constitucionalista recusó por un tiempo la fórmula de un gobierno provisional (aunque luego, en la tarde del 27 de abril, terminó por aceptar o no descartar la fórmula en cuestión).

Años más tarde, después del lamentable fallecimiento de don Juan, su partido el PLD hizo la crítica de la actitud asumida en 1978: “Justo es consignar que en 1978 el PLD no reconoció la importancia que significaba la derrota de esa maquinaria de fraude y atraso que representaba el conservadurismo de las fuerzas que sustentaban el poder del doctor Balaguer. Argumentando la necesidad de evitar la intromisión extranjera en los asuntos internos del país, la posición del partido no se correspondió con las sentidas aspiraciones de la mayoría del país que quería salir del doctor Balaguer y que reclamó el respeto a la voluntad popular…” (texto tomado de www.pld.org.do, sección “Historia”).

Ironía del destino. En su alegato en contra de la iniciativa del PRD de 1978, Bosch vaticina que la historia le dará la razón: “un día que no puede estar muy lejano habrá en la República Dominicana un gobierno independiente…y los que se encarguen de escribir a partir de ese día la historia de este pueblo deberán tener a mano testimonio de los que no aprobaron la intervención política de mayo de 1978 ni se dejaron engañar por las apariencias” (ver “Bosch critica acción Carter”, Listín Diario, 2 de mayo de 1981). ¿Quién le hubiera dicho al Profesor que sería su propio partido, el PLD, que iba a encargarse de asestar la estocada post mortem a dicho juicio al criticar, y podría decirse, renegar, la posición que él asumió en 1978 en menosprecio o desmedro de la voluntad popular?

La autocrítica del PLD no resuelve sin embargo la contradicción que planteamos aquí.: dicha autocrítica no reconoce sin ambages el carácter inalienable, y por ende no negociable, del respeto de la voluntad popular, sino que se limita a deplorar que el partido no haya sabido apreciar debidamente los reclamos populares en 1978 en pro del respeto del veredicto de las urnas. Todo fue, pues, según esa autocrítica, no un asunto de principios, sino simplemente un problema de mala evaluación de los deseos de la población en 1978.

De lo que antecede podemos llegar a la siguiente conclusión: aunque el apego al principio del retorno a la constitucionalidad de 1963 constituyó sin duda alguna el objetivo básico y aglutinador del movimiento constitucionalista, no puede decirse que fue una cuestión de principios lo que impidió alcanzar un compromiso político, antes de la ominosa intervención norteamericana, entre las partes beligerantes en la contienda de abril.

Pero entonces, ¿cuáles fueron los factores que impidieron llegar a una solución negociada en los primeros días de aquella insurrección? A esa pregunta tratará de responder el próximo artículo que ofreceré al lector.

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