Pro Consumidor multa a envasadoras, ferreterías y supermercados  por irregularidades

Pro Consumidor multa a envasadoras, ferreterías y supermercados  por irregularidades

Siete envasadoras de Gas Licuado de Petróleo (GLP), tres ferreterías y tres supermercados fueron multados con 3 millones 892 mil 750 pesos,  por el Instituto Nacional de Protección de los Derechos de los Consumidores, Pro Consumidor, por incurrir en violación a la ley 358-05.

Las plantas envasadoras tendrán que pagar 3 millones 582 mil 250 pesos y las ferreterías y supermercados sancionados   pagarán 310 mil 500 pesos.

Las ferreterías y supermercados fueron sorprendidos en la venta de ácido sulfúrico conocido como ácido del diablo.

Cada planta envasadora de GLP deberá pagar 511 mil 750 pesos. Las envasadoras de GLP fueron multadas con cien salarios mínimos cada una equivalente a 5 mil 117. 50 pesos.

 Las ferreterías y los  supermercados pequeños fueron multados por la venta del acido sulfúrico conocido como ácido del diablo.

Los supermercados y ferreterías fueron  multados con 10 salarios mínimo equivalente a 51, 750 pesos. Cada salario tiene un valor de 5, 117.50.

Las envasadoras multadas están ubicadas  en San Pedro de Macorís;  carretera Mella, San Domingo Este,   urbanización Máximo Gómez; en Santo Domingo Norte;  en San Juan de la Maguana; en la carretera La Mata San Juan, km 4,  y en  carretera San Juan Vallejuelo.

Las ferreterías  están localizadas en la avenida Manolo Tavárez Justo en Puerto Plata; en la avenida Simón Orozco, Invivienda;  en la calle Penetración 36, Bella Vista Oriental.

Mientras que los supermercados están ubicados en la avenida Independencia; Puerto Plata; en la  25 de febrero, Villa Duarte, Santo Domingo Este;  en la calle Moca, Villa Agrícola.

El régimen de multas entró en vigencia desde el pasado 5 de septiembre y  su efectividad se aplica a partir de la notificación al establecimiento que viole la Ley, el cual tiene  un plazo de diez días para pagar, de lo contrario será llevado a los tribunales.

Las multas fueron establecidas mediante la resolución 214-2011 del   Instituto Nacional de Protección del Derechos del Consumidor y los establecimientos  que incurran en reincidencia y en faltas graves serán multados con 500 salarios mínimos.

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