Pro Consumidor y las asimetrías de información

Pro Consumidor y las asimetrías de información

Los usuarios de productos bancarios, como las  tarjetas de crédito,  firman contratos de adhesión con los emisores de las tarjetas. Estos documentos  tienen letras muy pequeñas y abundantes y contienen términos engorrosos  que en el fondo se convierten en informaciones incompletas y defectuosas. Cuando hay información defectuosa o incompleta el sistema de mercado falla.  Si el mercado de tarjetas de crédito no ofrece información completa y detallada a los usuarios, el sistema de información no es eficaz para orientar correctamente a las preferencias de los usuarios que, mediante la interacción de oferta y demanda,  conduzca a   tasas de interés competitivas.

Las asimetrías de información también pueden afectar a los bancos. Si estos no tienen un conocimiento completo de la normativa que le regulan, si las autoridades reguladoras modifican unilateralmente u ocultan disposiciones, estas deficiencias regulatorias constituyen asimetrías de información que imponen ineficiencias a los mercados que afectarán a los usuarios.  De la misma manera, la disponibilidad de  informaciones incompletas o defectuosas de los bancos acerca de las condiciones económicas y financieras de los clientes conduce a lo que los economistas conocemos como selección adversa, aumentando los costos de transacción de los bancos. 

El propósito de las entidades reguladoras como Pro Consumidor es lograr un equilibrio entre los  agentes del mercado, fomentando la competencia y las transacciones transparentes con igualdad de información para todos.  Y, además,  asegurarse de que ningún agente variará,  aplicará  o interpretará a su antojo cláusulas de contratos para su conveniencia. De aquí la necesidad de que los contratos de adhesión sean depositados en esta entidad. 

 No se plantea aquí la sustitución o la imposición de condiciones onerosas a uno de los agentes que componen el mercado financiero dominicano, es decir, los bancos, sino simplemente que cumplan con  las disposiciones  de las reglas de juego establecidas en las leyes dominicanas, en este caso la Ley 358-05 de Protección del Consumidor y Usuario, que dispone que los contratos de adhesión sean depositados en Pro Consumidor; tampoco introducir ruidos que conspiren contra la estabilidad del sistema financiero, como han señalado empresarios e instituciones no gubernamentales como la FINJUS. Es que el Gobierno, a través de sus diversas instituciones reguladoras, está en la obligación de establecer,  cumplir y hacer cumplir las reglas de juego.  Los  funcionarios de Pro Consumidor actúan conforme a la ley y a los principios que deben guiar a una economía capitalista, entre los que se citan mercados competitivos, transparentes y con simetrías de información. Ni mucho más, ni mucho menos.

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