Proconsumidor anunció la aplicación de una escala de multas a los establecimientos que incurran en faltas graves, muy graves y reincidencia en la venta de productos vencidos, golpeados o contaminados.
La escala de multas administrativas previstas en el artículo 112 de la ley 358-05 consigna la aplicación de multas en base al salario mínimo.
La ley estipula el apercibimiento de 20 salarios mínimos para las faltas leves, de 20 a 100 para las graves y para las muy graves desde 100 hasta quinientos salarios mínimos.
Las multas fueron establecidas mediante la resolución 214-2011 de Proconsumidor. Serán efectivas a partir de la fecha de notificación.