Proconsumidor una Protección Necesaria

Proconsumidor una Protección Necesaria

La Industria del Marketing, la Publicidad y los Medios de Comunicación. ¡OH! Sagrada Publicidad, cuantos genios aparecen en tu nombre.

El martes de la semana pasada tuve el honor de exponer ante un selecto grupo de personas, miembros de un círculo de profesionales de distintas ramas del saber, los cuales se reúnen semanalmente en uno de los salones del Club Naco, bajo el sugestivo nombre de La Tertulia de los Martes.

Allí tuvimos la oportunidad de producir una charla bajo el titulo “Bondades y Riesgos de la Comunicación Publicitaria”. La invitación para dar esa charla se originó en una de nuestras colaboraciones para este periódico, en donde nos referimos a la publicidad engañosa.

Debemos reconocer, no obstante, que en el artículo de referencia hicimos alusión a la secular desprotección en que se encontraba el consumidor, hasta enterarnos, más adelante, de la existencia de la ley que da origen al Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor), una institución estatal descentralizada cuya creación tiene por objeto la aplicación adecuada de la ley que le da vigencia y la protección de los consumidores y usuarios de bienes y servicios.

Este organismo, a diferencia de su precursora la Dirección Nacional de Control de Precios, de triste recordación por su ineficiencia y obsolescencia, parece estar dispuesto a cumplir el mandato que le da la ley y ya ha iniciado la encomiable tarea de conformar equipos de jóvenes promotores para el monitoreo “in situ” de la calidad de los productos que se venden en los establecimientos comerciales.

La ley en cuestión en su artículo 88 se refiere a la publicidad y la promoción de ventas afirmando que la publicidad, cualesquiera que sean los medios empleados, deberá ser compatible con las disposiciones que reprimen la competencia desleal y el engaño y estará sujeta a determinadas condiciones  de veracidad.

En consecuencia la ley prohíbe entre otras actividades, la utilización de imágenes, textos, diálogos, sonidos o descripciones que directa o indirectamente, causen o puedan causar inexactitud o mensaje que pueda inducir al consumidor o usuario a engaño, error o confusión acerca de las características, el precio y las condiciones de compra o venta del producto o servicio ofertado o publicitado.

La parte más interesante, sin embargo, se refiere a que la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor promoverá ante los anunciantes, la liga de agencias publicitarias y demás empresas o instituciones relevantes, la necesidad de autorregular el contenido de la publicidad ya que esta decisión tiende a mantener la vigencia de uno de los valores fundamentales de nuestra sociedad que es el derecho a la libre expresión del pensamiento.

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