Procuraduría ordena no conciliar en casos comprobados  de violencia de género

<STRONG>Procuraduría ordena no conciliar en casos comprobados  de violencia de género</STRONG>

La procuraduría General de la República implementa nuevas acciones para fortalecer los mecanismos de respuesta y prevención en materia de violencia de género e intrafamiliar, que van desde la prevención y protección de las víctimas, como la persecución contra los agresores,según informó Francisco Domínguez Brito, procurador general de esa entidad.

En tanto, Domínguez empoderó a los fiscalizadores para dar asistencia y la protección correspondiente a las mujeres víctimas de violencia.

Además Domínguez instruyó no conciliar en los casos comprobados de violencia contra las mujeres debido al claro desequilibrio entre las partes, que pone en riesgo la vida de la víctima.

En ese sentido, declaró “solo se acepta la conciliación cuando después de ser evaluado el caso, en profundidad, se concluya a través de las diferentes entrevistas y/o pruebas periciales que la situación es un conflicto de pareja”.

Domínguez también ordenó que se debe atender a la mayor brevedad a la víctima cuando acuda al Ministerio Público, sin referirla a otro lugar.

“Se le proveerá la información, tomándole la denuncia, entregándole copia de la misma, y se le comunicará los pasos a seguir en su proceso y el mayor número de datos sobre éste”, explicó el Procurador en un documento dirigido a los miembros de la institución para el tratamiento de las víctimas de violencia”.

En ese mismo ámbito el Ministerio Público deberá informar a las víctimas las medidas de protección, de los recursos de que dispone en caso de situaciones peligrosas con el agresor y de organismos donde dirigirse para asesoría legal, médica y psicológica.

El Jefe de la institución  también informó que en caso de intento de desistimiento, debe ponerse en su conocimiento de forma clara las ventajas  y desventajas en ese sentido y  además de comunicarle que por considerarse un delito es de orden público que el Ministerio Público continúe con el procedimiento aún sin su consentimiento.

«Bajo ninguna circunstancia la víctima o cualquier otra parte envuelta en el proceso se encargará de realizar por sí misma, procedimientos que el competen al Ministerio Público, que son de naturaleza jurídica o administrativa, propias del procesamiento del caso de acción pública, tales como comunicar órdenes de arresto, medidas de coerción, citaciones y sanciones, que es lo que se ha estado haciendo en la práctica y que no podemos seguir permitiendo”, aclaró.

“No es posible que una mujer que ha sido violentada en sus derechos, agredida, victimizada, tenga que entregar ella misma, citaciones u otra documentación a su agresor», manifiesta el Procurador”, dijo.

Domínguez Brito además aclaró, que si hay menores involucrados se tiene que trabajar de forma  directa y estrechamente con los representantes del Ministerio Público correspondiente a la jurisdicción de niños, niñas y adolescentes.

“Se instruye al Ministerio Público a concluir la investigación y presentación del Acto Conclusivo a más tardar en un plazo de 35 días, salvo que el caso sea declarado complejo, siendo debidamente autorizado por el titular.  La inobservancia, sin causa justificada, de esta disposición se considerará una falta disciplinaria, de conformidad con las normas correspondientes”, indica el Procurador General”,afirmó.

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